La Cámara Civil de Capital Federal rechazó la demanda contra una tabacalera de
la viuda y dos hijos de un fumador empedernido que murió de cáncer de pulmón en 1999, porque
sostuvo que "no es imposible dejar de fumar" y que tampoco se trata de una actividad ilícita.
La Sala C de la Cámara, con las firmas de los jueces Omar Díaz Solimine, Luis
Alvarez Juliá y Beatriz Cortelezzi, resolvió así el reclamo de los familiares de un hombre que
consumía tres paquetes diarios de cigarrillos; en octubre de 1998 se le diagnosticó cáncer de
pulmón; en diciembre los tumores se habían extendido al cerebro y la columna vertebral, y
finalmente falleció el 24 de enero de 1999, a los 51 años.
Los deudos reclamaron una indemnización de 620 mil pesos aduciendo que "el
cigarrillo genera adicción en el fumador, que es una enfermedad que le impide dejar de fumar, por
lo que su voluntad no es libre", y denunciaron además que "las tabacaleras inducen fuertemente al
consumo de cigarrillos mediante la publicidad a través de los medios masivos de comunicación,
asociando intencionalmente al fumar con numerosos factores emocionales que lo transforman en
atractivo". Sin embargo, el tribunal rechazó la demanda, argumentando que la actividad de las
tabacaleras es lícita, "ya que diversas leyes de la Nación no sólo autorizan, sino que puede
decirse que promueven la producción de tabaco".
Ninguna víctima. El fallo rechaza que el fumador deba ser considerado una
"víctima inocente", ya que el consumidor de cigarrillos "ha fumado por voluntad propia", y por otra
parte "tampoco se encuentra probado que sea imposible dejar de fumar. No puede calificarse de
«victima inocente» a quien sabiendo de los riesgos que entrañaba el desmesurado hábito de fumar
siguió haciéndolo, máxime cuando no hay prueba técnica idónea alguna que indique que su obrar ha
sido involuntario", señala el fallo.
"Sabemos que existen a nivel privado tratamientos para dejar de fumar y como
campaña estructurada, la Iglesia Adventista lo hace desde el mismo tiempo que Lalcec", enumeró el
tribunal, a la par que describió actividades y tratamientos similares de organismos pagos y
gratuitos con el mismo objetivo.
El fallo también rechaza los reclamos contra la publicidad ya que "también es
una actividad lícita tendiente a la venta del producto que tal industria fabrica, por lo que este
hecho no puede ser generador de responsabilidad alguna".
Finalmente, la sentencia descarta que el hábito del cigarrillo sea el causante
del ciento por ciento de los casos de cáncer de pulmón, y para ello cita un informe médico que
reduce ese número al 87 por ciento, lo que "deja un amplio margen como para desestimar el nexo
causal", único e indubitable..
"Si por hipótesis empleáramos el mismo criterio de examen de la
histocompatibilidad de las personas a los efectos de acreditar un vínculo familiar, tal porcentaje
resultaría totalmente insuficiente", justificaron los camaristas.
Lo decidió la Cámara Civil porteña. El hombre, que murió de cáncer, fumaba tres
atados diarios