La ciudad de Rosario dio un importante paso en materia de transparencia. El municipio puso en vigencia la ordenanza N° 10.809, que deja de lado un criterio que ponderaba a aquellos familiares de quienes ya trabajaban en el Estado, por encima de las aptitudes.
A los fines de regularizar la situación de los empleados, que en muchos casos venían prestando servicios desde la pandemia, se definió adoptar los criterios de idoneidad y antigüedad, y eliminar los vínculos sindicales y de parentesco como elementos fundamentales en la selección.
La ordenanza N° 10.809 presentada por los concejales Franco Volpe y Ana Martínez, modificó el artículo 10 de la Ordenanza N° 3.574, el cual antiguamente le otorgaba prioridad a hijos de agentes en actividad, jubilados o fallecidos.
De esta manera, el texto quedó redactado con los siguientes puntos como criterios a adoptar:
"a) Ser argentino, nativo o naturalizado, salvo caso de excepción cuando determinados tipos de actividades así lo justifiquen.
b) Poseer condiciones morales y de conducta.
c) Poseer aptitud psicofísica para la función a la cual aspira ingresar. El personal permanente ingresará por el nivel inferior del agrupamiento correspondiente, salvo que deban cubrirse puestos superiores y que no existan candidatos que reúnan las condiciones requeridas una vez cumplidos los procesos de selección pertinentes".
Qué dice la ordenanza sobre ingresos a la Municipalidad
El cambio en el régimen de ingresos de empleados públicos municipales se aprobó a principios de septiembre en el Concejo Municipal. En sintonía con otras iniciativas recientes, el Palacio Vasalo dejó sin efecto la prioridad para el ingreso de hijos de otros trabajadores.
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El proyecto del edil libertario Franco Volpe consiguió la aprobación por mayoría reglamentaria para modificar la ordenanza del estatuto y el escalafón. A partir de esta resolución, el cuerpo deliberativo decidió alinearse con otras disposiciones para la eliminación de cargos hereditarios en reparticiones públicas y provinciales.
La ordenanza 3.574 determina que la autoridad a cargo de cubrir vacantes "no podrá conceder prioridad" a hijos u otros parientes de empleados en actividad, jubilados o fallecidos. Esta regla se aplicará incluso si esas personas hubieran participado en un concurso público abierto.
La nueva normativa busca expresamente "asegurar la igualdad de oportunidades para todos los postulantes que acrediten la idoneidad necesaria para desempeñar las funciones y responsabilidades requeridas". Al mismo tiempo, se mantienen el resto de los requisitos indispensables.
Hasta ahora, el artículo 10 del anexo señalaba que los hijos del agentes activos, jubilados o fallecidos debían tener preferencia en el proceso de selección. Volpe propuso eliminar esta definición como un paso más para garantizar que las contrataciones en el sector público sean procediimentos "abiertos, justos y basados en criterios objetivos".