Un nuevo fallo de la Justicia Federal anuncia un posible desenlace del conflicto de las tabacaleras en el ámbito provincial. La semana pasada el juez federal Gastón Salmain, a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia número 1 de Rosario, dictó en los autos Massalin Particulares Srl. c/ Bronway Technology S.A. s/ Daños Varios, una medida cautelar por la cual ordenó a la empresa Bronway a pagar el Impuesto Interno Mínimo en los términos que establece la ley 24.674.
La empresa continúa sin tributar dicho impuesto. La sentencia de Salmain se encamina a poner fin a las maniobras de las tabacaleras santafesinas para operar por fuera de la ley tributaria vigente, al tiempo que busca normalizar y desalentar el consumo del tabaco, una de las principales causas de enfermedades respiratorias en el mundo.
En una actitud de amedrentamiento hacia la Justicia, Darío Ippolito, presidente de Bronway, quien se encuentra embargado por la Afip en una suma multimillonaria por incumplir la ley tributaria, denunció penalmente a los magistrados que, en el marco de sus funciones, fallan en contra de sus intereses.
El conflicto se desata cuando Argentina, en línea con las recomendaciones de todas las organizaciones mundiales de la salud, alinea su política tributaria hacia un aumento del precio del tabaco para desalentar el consumo, ya que se ha demostrado que la demanda de los cigarrillos es elástica: a mayor precio, el consumo decae.
La Corte Suprema de la Nación viene apoyando fuertemente la línea trazada por el Congreso y las organizaciones internacionales, pero en la provincia de Santa Fe, Bronway y For Men, dos tabacaleras que animan el consumo de cigarrillos de menor precio, tratan de resistir la aplicación de la reforma tributaria del 2017 (Ley 27.430), aunque sorprendentemente ambas sociedades iniciaron sus actividades con posterioridad a la publicación y entrada en vigencia de esa norma.
La resolución anuncia un posible desenlace del conflicto de las tabacaleras en el ámbito provincial por el incumplimiento de una ley La resolución anuncia un posible desenlace del conflicto de las tabacaleras en el ámbito provincial por el incumplimiento de una ley
Muchos ven en este último dato solo un oportunismo comercial consistente en el no pago del impuesto mínimo sancionado por la citada norma, algo difícil de disimular frente a la justicia. Es que ambas empresas comenzaron a operar con la norma fiscal que cuestionan ya en vigencia. Como los números de esta cuestión temporal no cierran, los que saben del negocio del tabaco opinan que Bronway y For Men siempre fueron planeadas como negocios judiciales y no industriales.
Por eso al Estado Nacional no le termina de cerrar la posición de los dos únicos camaristas que avalaron hasta ahora la cautelar que les permite no pagar el impuesto, disponiendo del dinero del Estado y de todos los contribuyentes.
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Ambas tabacaleras se defienden argumentando que iniciaron los trabajos para comenzar sus actividades con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 27.430, pero el punto no altera el supuesto oportunismo que motiva su propia existencia.
Con anterioridad a la sanción de la Ley 27.430 (impuesto mínimo) ya existía desde 2009 un piso mínimo de tributación para las empresas tabacaleras que se calculaba en base al precio de la categoría de cigarrillos más vendida, lo que dio lugar al dictado de medidas cautelares a favor de diversas tabacaleras a partir del año 2016, que las eximía del pago de tal mínimo.
Es decir que al menos desde el año 2016 ya existía el incentivo concreto de entrar en el negocio tabacalero y de ganar importantes sumas de dinero a partir del no pago del piso de mínimo de tributación vigente por ese entonces