El gobierno nacional reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal, sancionada en diciembre, mediante el decreto 93/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial. Esta medida redefinió el Régimen Penal Tributario y activó el Régimen Simplificado de Ganancias, estableciendo un nuevo esquema tributario más limitado para Arca a la hora de las fiscalizaciones de los contribuyentes.
La entidad recaudadora expresó el cambio que busca esta iniciativa: "Se deja atrás un régimen persecutorio. Décadas de cepo cambiario, alta inflación, volatilidad y un sistema tributario asfixiante empujaron a millones de argentinos a la informalidad y la evasión".
Además, destacó el fin que persigue: "La Ley de Inocencia Fiscal viene a poner las cosas en su lugar y le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie".
Las claves de la Ley de Inocencia Fiscal
Entre los principales aspectos de esta nueva reglamentación, se aumentaron los umbrales penales por evasión, se reduce el plazo de prescripción de los delitos tributarios y se modificó el criterio de aplicación de sanciones.
A partir de esta ley, el umbral de evasión simple se extiende a 100 millones de pesos, mientras que la evasión agravada se eleva hasta 1000 millones de pesos. Por otro lado, se modificó el plazo de prescripción del delito, que pasará de 5 a 3 años.
En esta línea, la agencia recaudadora sostiene en su reglamentación que el contribuyente que incurra en un incumplimiento y sea notificado, otorgado un plazo entre 10 y 15 días hábiles, podrá resolver su situación pagando la deuda sin enfrentar ninguna intimación formal.
Los mecanismos de extinción de la acción penal son la cancelación única (pago del capital e intereses sin denuncia penal, en una sola ocasión) y la regularización con recargo (si no hubo denuncia, puede extinguirse la acción pagando la deuda más un adicional del 50% dentro de los 30 días)
Otra de las cuestiones que generó revuelo durante el tratamiento de la Ley de Inocencia Fiscal fue la actualización en el régimen de sanciones, con un incremento del 100% de las multas automáticas.
Además, el organismo tendrá la posibilidad de graduar las sanciones según la gravedad del incumplimiento, con un régimen especial para las pymes y la opción de reducir la multa hasta un 50% si se regulariza dentro de los 45 días posteriores al vencimiento de las obligaciones fiscales.
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Cómo será el Régimen Simplificado de Ganancias
Desde la entidad sostuvieron que para ingresar dólares en el sistema, los monotributistas deberán adherirse previamente al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG), sino quedarán expuestos a fiscalizaciones. Con respecto a su regulación, se mantiene la excepción para la compra de inmuebles en efectivo, mientras que las operaciones de hasta 10 millones de pesos mensuales no generarán reportes automáticos en Arca.
En cuanto a este nuevo régimen, se necesitan tres requisitos para poder incorporarse: tener ingresos menores a $1.000 millones en el último año, un patrimonio total de hasta $10.000 millones y no estar registrado como gran contribuyente nacional. Esto implica que quienes se inscriban al RSG en los próximos meses no van a poder ser investigados a partir de 2029.
Entre otros factores claves del RSG, la agencia recaudadora no podrá fiscalizar incrementos patrimoniales, consumos personales ni depósitos bancarios. Además, el Impuesto a las Ganancias se calculará según los ingresos declarados y las deducciones admitidas.
En este sentido, el contribuyente tendrá a su disposición una declaración jurada precargada por el organismo, la cual podrá aceptar o ajustar. Por último, incorpora el "tapón fiscal", es decir, un efecto liberatorio donde el pago a tiempo libera al contribuyente de reclamos administrativos o penales durante esos períodos, salvo omisión de ingresos facturados.