La Casa Rosada envió al Congreso de la Nación cuatro proyectos de ley de seguridad para abordar de manera integral la lucha contra la criminalidad organizada en la Argentina, especialmente en Rosario.

Contempla una nueva ley antimafias, la incorporación del concepto de reiterancia a fin de reducir los porcentajes delictuales, legítima defensa y cumplimiento del deber, entre otras medidas
Foto: Héctor Río / La Capital.
El paquete de medidas es impulsado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, entre otros funcionarios.
La Casa Rosada envió al Congreso de la Nación cuatro proyectos de ley de seguridad para abordar de manera integral la lucha contra la criminalidad organizada en la Argentina, especialmente en Rosario.
El conjunto de herramientas normativas incluye: una nueva ley antimafias, creación de un Registro Nacional de Datos Genéticos, la incorporación del concepto de reiterancia a fin de reducir los porcentajes delictuales, modificaciones a la unificación de condenas y concurso de delitos, legítima defensa y cumplimiento del deber, a fin de “resguardar de planteamientos ideológicos a los que tienen la responsabilidad de cuidar y proteger a los argentinos”, destaca la iniciativa.
Las medidas, que el gobierno nacional considera fundamentales para “terminar con el crimen en todas sus formas y escalas y dar lugar a un cambio profundo y definitivo para toda la sociedad argentina”, llevan las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y de los ministros de Seguridad y Justicia, Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona, respectivamente.
La nueva ley antimafias apunta contra las organizaciones criminales y se diseño para aplicarla a varios delitos.
“La ley contra las organizaciones criminales cambia de cuajo el modelo que hoy significa que vayamos agarrando hormiguita por hormiguita. Ahora vamos por el hormiguero”, graficó Bullrich cuando presentó, en marzo de 2024, el proyecto en la Rosada.
Este instrumento, a grandes rasgos, contempla cuatro aspectos clave:
En primer lugar, se delimita la procedencia de la aplicación del proyecto de ley circunscribiendo a la comisión de delitos que involucren tipos penales específicos -tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas y/o explosivos- y que estén verosímilmente relacionados con los objetivos de una organización criminal. Se contempla una pena más alta de 8 a 20 años de prisión o reclusión por la mera pertenencia a la asociación.
En segundo lugar, crea la figura de la Zona de Investigación Especial, con el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado, lo que posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación.
Otro punto clave es que la pena por delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella. Se considera que todos son partícipes necesarios para llevar a cabo el acto delictivo final.
Con el objeto de menguar los recursos de las organizaciones criminales, el proyecto contempla la extinción de dominio de cualquier bien que presumiblemente sea producto de sus actividades. Y su inmediata transferencia al dominio del Estado nacional.
A fin de reducir el porcentaje de delitos, el proyecto incorpora el concepto de reiterancia. De acuerdo a la ley vigente, se considera reincidente a toda persona que fue condenada dos o más veces a una pena con privación de la libertad efectiva.
Con la introducción de la reiterancia, ya no será condición que las condenas hayan sido cumplidas. Si concurren dos hechos independientes, las penas se suman de manera aritmética, hasta un máximo de 50 años.
Considerando que, en muchas oportunidades, los efectivos de las fuerzas de seguridad se han visto inhibidos de actuar -basados en su experiencia personal- ante la posibilidad de resultar imputados por cualquier acto que lleven a cabo en cumplimiento de su deber o en ejercicio de su legítima defensa, el proyecto del ley apunta a la actualización del Código Penal en varios aspectos.
Lo hace poniendo la mirada en la víctima de los delitos y en su derecho a repeler los ataques como en el resguardo de un espacio legal adecuado dentro del cual las fuerzas del orden puedan actuar en cumplimiento de su deber sin comprometer su carrera ni su libertad, lo cual es fundamental para que puedan defender la vida y la libertad de los ciudadanos.
“Desde esa mirada, la legítima defensa es un derecho de las personas que proviene de su derecho a la vida y a la integridad, ante una situación que las pone en riesgo”, señalan los fundamentos del proyecto.



