El chofer de cortejos fúnebres Pablo Damián Grottini, acusado por las muertes de su madre, su hermano y su hija adoptiva, fue encontrado culpable de matar a su madre pero fue absuelto por los otros dos fallecimiento por el beneficio de la duda. El Tribunal en lo Criminal Nº1 de San Nicolás lo condenó a prisión perpetua.
Los jueces María Belén Ocáriz, Laura Mercedes Fernández y Cristian Ramos fallaron en su contra por unanimidad en el caso de la muerte de Teresita di Martino, en 2022, pero solo dieron por probado que Grottini fue responsable de matar a su mamá, mientras que de los otros cargos que le imputaban (por las muertes de su hija adoptiva, Ailén Grottini, en 2021, y de su hermano Germán Grottini en 2019) no tuvieron plena certeza y le concedieron el beneficio al imputado.
Los magistrados dieron a conocer el fallo en un canal de YouTube. “Tropiezo con el escollo de no poder concluir sobre la muerte de Ailén Grottini. Son muchas las dudas. No se conoce la causa de la muerte de Ailén, y manifiesto lo mismo que ante la muerte de Germán Grottini”, dijo uno de los magistrados.
Y agregó: “En el caso de la muerte de Teresita di Martino puedo concluir que la muerte fue dolosa. En los casos de Germán y Ailén, el personal de salud se paralizó y, aun sin poder determinar la causa de muerte de ambos, que les parecieron dudosas; no se hizo la autopsia. No puedo suplir este paso, hacerlo sería fallar en contra de la magna procesal. Y, como dije, beneficia al imputado”.
Grottini fue sentenciado por el delito de homicidio calificado por el vínculo, por su comisión con alevosía y por procedimiento insidioso empleado.
“Aprovechó el grado de vulnerabilidad e indefensión” de su madre, dijeron los jueces; y “logró que la víctima fuera internada y, al estar a solas a puertas cerradas, le permitió actuar sin testigos”. También explicaron que el mecanismo que usó para matarla “consistió en entrar aire a las vías que tenía conectadas”.
En sus últimas palabras ante el tribunal, el acusado había dicho: “No tengo nada que ver, soy inocente”.