El frenético cierre de listas en Santa Fe de cara a las Paso del 12 de septiembre próximo, en especial para el oficialismo, deparó algo más que rosca política: también alumbró un debate en torno al dilema institucional que instalaría la eventual elección de la vicegobernadora Alejandra Rodenas como senadora nacional.
Rodenas secundará al ministro de Defensa nacional, Agustín Rossi, en la lista Santa Fe de Pie, del Frente de Todos (FdT) provincial, en los comicios que obrarán como tamiz de las generales del 14 de noviembre.
Tanto el abogado Jorge Zárate (Derecho Electoral) como su par Oscar Blando (Derecho Político) señalaron, en sendos hilos de Twitter, que si Rodenas fuera electa senadora nacional deberá renunciar a su cargo de vicegobernadora. Y repasaron la letra fina de la Constitución de Santa Fe.
Causales
Según la Carta Magna provincial, en caso de muerte, destitución, renuncia o inhabilidad física o mental, al vicegobernador lo sustituye el presidente provisional del Senado santafesino. Aunque los letrados destacaron que, en este caso, Rodenas no ejerce el Poder Ejecutivo.
Al respecto, rememoraron que el artículo N° 67 afirma que “el vicegobernador en ejercicio es igualmente reemplazado por el presidente provisional del Senado por enfermedad, ausencia o suspensión”. Para los abogados, este sería el caso. Pero la Constitución no contempla la renuncia como causal.
Entonces, si Rodenas resulta electa senadora nacional, y luego renuncia para asumir en la Cámara alta, no hay una previsión constitucional sobre su reemplazo en el cargo, advirtieron los letrados.
“En el supuesto caso de que Rodenas renuncie como vice para asumir como senadora nacional, ¿quién reemplazará al gobernador (Omar Perotti) en instancias habituales como la ausencia por viajes?”, planteó Zárate. Por su parte, Blando afirmó: “Es otro tema a contemplar por una reforma constitucional”.
No obstante, el constitucionalista Domingo Rondina sostuvo que Rodenas, “recién si es electa senadora nacional y asume esa función, debería renunciar a su cargo”.
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La definición de las nóminas de precandidatos estuvo cargada de controversia.
“La vice renuncia y su posición en el Senado y la Asamblea Legislativa de Santa Fe es ocupada por el presidente provisional de la Cámara alta, que cambiará cada año cuando el cargo se renueve”, agregó.
En esa línea, indicó que el presidente provisional del Senado “no asume como vicegobernador porque no es necesario reemplazarlo” y solamente la función de conducir la Cámara alta y la Asamblea Legislativa es sustituida.
También recordó que —en la provincia— la vice es miembro del Legislativo, con funciones exclusivamente en ese Poder, más allá de que haber sido elegida en la fórmula con el gobernador. “Pero no tiene ni le pueden asignar competencia en el Ejecutivo”, subrayó Rondina.
Al respecto, señaló: “Que la vice deba reemplazar al Ejecutivo cuando se ausenta, o está impedido, no la convierte en parte de ese Poder. Es simplemente la regla de relevo y no cambia su naturaleza orgánica”.
Por último, el constitucionalista bregó para que “algún día la ley imponga que los funcionarios renuncien cuando son candidatos”.
Desigualdad
A su vez, Blando dejó picando una objeción a las alianzas y los partidos por una “evidente la falta de equidad” en las listas de precandidatos para las Paso.
“De 14 nóminas para la categoría senador nacional, encabezan cinco mujeres (65 por ciento hombres)”, tuiteó.
Acerca de Diputados, el abogado puntualizó: “De 14 listas, encabezan cuatro mujeres (70 por ciento hombres)”.