Así, Alejandro Andy Ruiz, de 21 años, fue condenado por homicidio simple por matar a Joana Galarza. Su abogado apelará el fallo con el argumento de que el imputado actuó en legítima defensa al recibir una agresión previa de la víctima.
Por Claudio González
Así, Alejandro Andy Ruiz, de 21 años, fue condenado por homicidio simple por matar a Joana Galarza. Su abogado apelará el fallo con el argumento de que el imputado actuó en legítima defensa al recibir una agresión previa de la víctima.
Tras una semana de debate, y en una sala llamativamente repleta de familiares del imputado pero sin allegados directos a la víctima, terminó ayer el juicio oral contra Ruiz, acusado de matar de una puñalada a Joana el 21 de enero de 2015 en Cavia y Washington. La joven de 23 años tenía dos hijos de 2 y 4, y vivía cerca del puente negro que atraviesa el arroyo Ludueña en Parque Casas.
Dos miradas
El hecho fue abordado desde dos hipótesis bien marcadas representadas por el fiscal Miguel Moreno y el defensor Rodrigo Mazuchini.
El acusador sostuvo la idea de que esa noche la víctima estaba acompaña por un amigo y una pequeña hija en brazos cuando se topó con Ruiz y éste extrajo un arma blanca con la cual le aplicó varios puntazos a Joana. Uno de esas cortes le ingresó por la zona intercostal izquierda y le atravesó el corazón. Tras ser herida, fue trasladada primero al Hospital Alberdi y posteriormente al de Emergencias Clemente Alvarez, pero murió al día siguiente.
Según Moreno el ataque estuvo precedido por una discusión previa anclada en coletazos de un relación sentimental, ya extinguida por ese entonces, pero con antecedentes de violencia de género. Por ello pidió que el imputado sea condenado a prisión perpetua como autor del delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por tratarse de una mujer mediando la violencia de género.
Durante el debate, la Fiscalía trató de apuntalar esa idea del caso, que no estuvo exento de referencias de testigos sobre un vínculo que no parecía ser tan formal, y donde los familiares de la víctima también involucraron a Ruiz con la venta de drogas. Pero con el correr de las audiencias no logró probar o confirmar que existieran situaciones de violencia de género ejercidas por el acusado, salvó una única referencia de una hermana de Joana que declaró el primer día de juicio que un día vio a su hermana con una herida en el labio, que supuestamente se la había provocado el muchacho al morderla mientras estaban en un baile.
Para la defensa la mecánica del hecho fue accidental y con un desenlace no deseado, pero fatal. Mazuchini trató de sostener con al menos ocho testigos que Ruiz había sido emboscado por Joana y su amigo —que también había sido su pareja— cuando salía de su casa en moto.
En ese contexto, y luego de recibir una primera agresión, se defendió e involuntariamente le provocó la muerte de una puñalada que se incrustó en el pecho de la víctima.
Veredicto
Luego de evaluar las pruebas, el Tribunal integrado por los jueces Delia Paleari, María Isabel Más Varela y Juan Carlos Curto dio a conocer ayer su resolución en una sala silenciosa y repleta de familiares del acusado que, sentado junto a su abogado y custodiado por dos policías, escuchó el veredicto.
Por unanimidad y tras desestimar los agravantes de violencia de género y de relación de pareja, el juez Curto leyó parte resolutiva del fallo, que finalmente condenó a Ruiz a 17 años de prisión efectiva como autor penalmente responsable del delito de homicidio simple en calidad de autor.
En la misma sentencia se lo absolvió, por desestimiento fiscal, del delito homicidio calificado por haber sido cometido en un contexto de violencia de genero.
La madre, hermanos y familiares del condenado, visiblemente disconformes con la resolución judicial, abandonaron la sala de audiencias consternados y en llorando, escoltados por personal policial. En tanto, Mazuchini adelantó que apelará la sentencia y reiterará el pedido de absolución y libertad para su cliente por entender que actuó en legítima defensa.