La normativa en Santa Fe establece que las aplicaciones como Uber y Maxim deben inscribirse en un registro municipal, y designar un representante con residencia en la ciudad. También tienen la obligación de informar datos de conductores y pasajeros, garantizar el cumplimiento legal y liquidar impuestos. En cuanto a los conductores, deben contar con licencia profesional, seguros y registro del vehículo.
En cuanto a cantidad de vehículos autorizados, plantea que se tomará como máximo el 50% de los vehículos activos hoy autorizados en los otros subsistemas, taxis y remises. Superado ese número, se evaluará en el seno de la comisión creada por la ordenanza otorgar nuevas autorizaciones.
Con respecto a las condiciones del servicio, los precios deben ser visibles antes de la concertación del viaje y la plataforma debe aceptar pagos electrónicos y en efectivo. Además, se promueve la accesibilidad en los vehículos y la opción de elegir el género del conductor. Por último, establece la creación de un fondo de movilidad, con el cobro de un 1% a las empresas.
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Requisitos de intermediarios y choferes
- Inscribirse en el Registro Intermediarios del Transporte de Personas por Plataformas que el DEM cree a tales fines.
- Constituir domicilio legal en la Ciudad de Santa Fe.
- Designar un representante, apoderado o encargado de negocios que tenga residencia permanente en la ciudad de Santa Fe.
- Solicitar a cada conductor registrado licencia de conducir profesional –Clase D1– emitida por la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe; las pólizas de seguro vigente que cubra la responsabilidad civil hacia terceros y terceros transportados hasta el límite legal; y la identificación de dominio del vehículo registrado en el ámbito de la aplicación móvil.
- Presentar mensualmente ante la autoridad de aplicación la nómina de conductores y vehículos registrados en la aplicación que ofrezcan el servicio de traslado.
- Asignar viajes únicamente a los vehículos y conductores que se encuentren debidamente registrados en cumplimiento con las disposiciones de la presente Ordenanza.
- Proporcionar, a requerimiento de la autoridad de aplicación, toda la información veraz, necesaria y útil en los tiempos y formatos que esta requiera para conocer la identidad de los conductores, sus datos individualizantes, los recorridos efectuados por cada vehículo y su ubicación de manera georreferenciada, los montos cobrados y cualquier otra información que se entienda necesaria para ejercer sus potestades, cumpliendo con la normativa vigente de protección de datos.
- Garantizar que toda la operativa, incluyendo tanto la actividad que se presta a través de plataformas electrónicas como el servicio de transporte, cumpla con la legislación aplicable.
- Abonar el Derecho por el Servicio de Transporte de Personas por automóviles concertado a través de la intermediación de plataformas electrónicas.
- Informar a las personas que se trasladan: nombre, apellido y foto del conductor que se asigne al servicio; modelo, color y número de patente del vehículo asignado, tiempo estimado de llegada del vehículo al punto de origen elegido por el usuario y precio final del viaje.
- En el interior del vehículo, en el reverso del asiento del acompañante debe exhibirse un cartel identificatorio, provisto por la autoridad competente, en el que conste: dominio de chapa patente del vehículo, nombre y apellido del titular del vehículo, nombre y apellido del conductor del vehículo al momento del servicio, número de documento de identidad y fotografía del mismo y número de licencia, habilitación o registro que le otorga la Municipalidad.
- Responder por la fidelidad de los datos y la autenticidad de la documentación acompañada. El falseamiento determinará la inmediata exclusión.
- Contar con el seguro establecido por la Resolución 615/19 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, o la que en el futuro la reemplace, de una compañía de seguros autorizada para operar en la República Argentina.
- Cada conductor solo puede solicitar la registración de hasta un (1) vehículo y viceversa para ser afectado al uso de transporte de personas por plataformas electrónicas.
- Solo podrán ser conductores quienes acrediten licencia de conductor profesional –Clase D1– emitida por la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, y cumplan con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para conducir en la vía pública.
El Departamento Ejecutivo Municipal será el encargado de determinar la autorización y vigencia de la habilitación del intermediario, siempre que cumplimente los requisitos exigidos en esta ordenanza y su reglamentación.
Reconquista también reguló la actividad
En junio de este año el Concejo Municipal de Reconquista aprobó la ordenanza que permite el servicio de transporte de personas en automóviles mediante aplicaciones y plataformas electrónicas, como Uber.
La Secretaría de Control Público de la Municipalidad de Reconquista tiene la responsabilidad de inspeccionar y supervisar a los conductores y vehículos que operen bajo esta nueva normativa, garantizando así el cumplimiento de las disposiciones legales.
La iniciativa fue presentada por la concejala Constanza Arzamendia y se inspiró en las normativas vigentes en Corrientes y Mendoza. La ordenanza establece que quienes deseen ofrecer este servicio deben inscribirse en el régimen tributario local. Además, contempla que los remisero también puedan adherirse al nuevo sistema.
Por otro lado, el uso de motocicletas para el transporte de personas no fue autorizado debido a la falta de licencias profesionales y por motivos de seguridad.
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Qué pasa con Uber en Rosario
Mientras en el Concejo de Rosario siguen dando vuelta proyectos para la regulación de Uber, la plataforma sigue avanzando pese a la informalidad y hoy tiene más de 2 mil conductores en la ciudad.
Hace un mes, ingresó al Palacio Vasallo una propuesta que intenta darle un mínimo marco jurídico a la actividad, para que declare domicilio fiscal y pague tributos como cualquier actividad comercial.
Se trata de un proyecto de ordenanza para regular el transporte por plataformas electrónicas, de manera más abarcativa que Uber, pero con la clara motivación política de legislar sobre el tema, teniendo en cuenta el gran crecimiento de la app en la ciudad. La idea detrás de la presentación de Julia Irigoitía (PJ) es blanquear una situación que está dada, que es que hay un montón de personas manejando para esa empresa y no hay regulación al respecto.
De manera informal, desde diversos sectores aportan datos que ayudan a comprender el fenómeno: referentes de los taxistas calculan que el 13% (unos 400) de los conductores de ese servicio público también trabajan de manera clandestina con Uber. Otros creen que el número es incluso mayor. Un grupo de WhatsApp de choferes de Uber organizados tiene 1.800 integrantes. Solo entre estos dos colectivos, la app tiene 2.200 personas al volante.
Lo cierto es que muchas personas lo usan para trabajar a modo de complemento de otro ingreso fijo, y otros directamente viven de manejar un Uber. Por eso, el objetivo del texto es ordenar y mejorar el sistema de movilidad en la ciudad. De manera sintética, crea una actividad nueva, por la cual la plataforma que quiera desarrollarla en la ciudad debe habilitarse, declarar un domicilio fiscal y una facturación, pagar una alícuota especial del Derecho de Registro e Inspección (Drei), y los vehículos y choferes que trabajen para ella deben cumplir con una serie de requisitos.
A diferencia de los que presentaron en los últimos años otros ediles como María Eugenia Schmuck (UCR), Verónica Irizar (PS) o Carlos Cardozo (PRO), este se limita específicamente a la cuestión tributaria y no avanza en otros aspectos más generales que eran lo que trababan la discusión, ya que proponían una liberación casi total, o planteaban intervenciones que iban más allá del objeto de regulación específico y distorsionaban el tema. Se estima que ingrese por la comisión de Servicios Públicos, luego siga por Presupuesto y quizás termine en gobierno.