Tras más de dos años de investigación, finalmente el caso de Liz Tiziana Torres desembocó en el archivo del legajo judicial por la presunta mala praxis de los médicos que la atendieron en febrero de 2020, cuando la nena de 9 años ingresó al Hospital de Niños Zona Norte con un cuadro de gastroenteritis, y falleció a las 24 horas por una infección generalizada. Un dictamen de juntas médicas concluyó que las medidas diagnósticas y terapéuticas realizadas en la paciente fueron "acordes a las técnicas y procedimientos". Pero en base a un informe de la Sociedad de Pediatría Argentina, que planteó una posible negligencia, la familia reclama avanzar con imputaciones, y planteó ante la Fiscalía Regional la disconformidad por el cierre del caso.
El caso de Liz se conoció el 2 de febrero de 2020, cuando falleció por un shock séptico a menos de 24 horas de haber ingresado al Hospital de Niños zona Norte con vómitos y diarrea. Su familia quedó sumergida en el más profundo dolor tras el inesperado y trágico desenlace. Y denunció a tres médicos por una supuesta negligencia en la atención.
El caso lo quedó en manos de la fiscal Valeria Piazza Iglesias, de la unidad de Homicidios Culposos. De inmediato, la funcionaria requirió múltiples medidas, se secuestró la historia clínica, se ordenó autopsia bajo el protocolo que contempla la mala praxis médica y se tomaron testimoniales.
La necropsia practicada en el Instituto Médico Legal (IML) determinó que la causa de fallecimiento fue por una infección sistémica invasiva por Streptococcus Pyogenes, y descartó una mala praxis, pero la defensa pidió fundamentarlo. A pesar de ese revés para la familia, que pudo significar el cierre del caso, la fiscal solicitó ampliar el campo de investigación y requirió una segunda opinión a la Sociedad Argentina de Pediatría, prestigiosa institución científica con sede en Capital Federal.
Debió ser reevaluada
El año pasado, La Capital dio cuenta del resultado de ese informe de los especialistas, que dejaron abierta la posibilidad de que pudo existir un diagnóstico erróneo y, como consecuencia de ello, un tratamiento médico extemporáneo. Dijeron que la niña debió ser “reevaluada”, y que pudo haberse contemplado un “diagnóstico diferenciado”.
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Ante un pliego de preguntas que elaboraron la fiscal y la querella, se les consultó a los profesionales cómo se llegó al diagnóstico de la infección, ante lo que respondieron que se debieron solicitar “estudios bacteriológicos en fluidos corporales”. Y describieron que, tras detectarse la bacteria, “el inicio precoz del tratamiento antibiótico es muy importante”.
Sin embargo, los pediatras aclararon que el caso “se asumió como una gastroenteritis aguda con deshidratación”, y que el tratamiento médico “fue el adecuado”. Detallaron que se realizó laboratorio, radiografía de tórax, ecografía abdominal, y se establecieron medidas terapéuticas de rehidratación, control térmico y monitoreo de la evolución del cuadro clínico al diagnóstico presuntivo, que evolucionó al cuadro de sepsis”.
Para la junta médica, el tratamiento fue apropiada
Cuando se conoció el resultado de ese informe, que este diario publicó de manera extensa en su edición del 21 de diciembre de 21, los familiares de Liz estaban convencidos de que había elementos para avanzar hacia una imputación contra los médicos. Pero previamente la Fiscalía debía someterlo a consideración de los médicos forenses de IML de Rosario, que actúan como peritos oficiales del Ministerio Público de la Acusación.
Y el 13 de diciembre se realizó una junta médica con los profesionales del IML donde la fiscal requirió aclaraciones. A esa instancia asistió el abogado de la querella y un representante del hospital. El dictamen se demoró varios meses, incluso motivó el reclamo de los familiares de Liz porque lo consideraban fundamental para avanzar con las imputaciones.
Hace pocos días, finalmente se expidieron. En un dictamen firmado por los médicos forenses Germán Sánchez Caranicolis, Paula Keller y Mariela Badaró, se ratifica que “las medidas diagnósticas y terapéuticas realizadas en la paciente Liz Torres fueron acordes a lo que indica la lex artis”, que se interpreta como el conjunto de reglas y técnicas científicas que deben cumplir los médicos.
Entre otras consideraciones médicas legales, el informe final de la junta médica establece que “el diagnóstico planteado en la paciente al momento del ingreso fue de gastroenteritis aguda con deshidratación, y en función de esto, los tratamientos instaurados son acordes al motivo de la consulta y presentación clínica de la niña”.
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Dijeron que de “los signos de alarma fehacientemente indicativos de que estaba cursando un cuadro de infección sistémica aparecieron en el momento en que comienza a presentarse con inestabilidad hemodinámica y deterioro súbito general de curso rápidamente progresivo, a partir de aproximadamente las 13 horas del 2 de febrero de 2020, evolucionando en pocos minutos con un deterioro multiorgánico y paro cardiorrespiratorio a las 14.05 del mismo día, en principio con respuesta parcial a las maniobras de reanimación avanzadas, y luego muerte”.
Y ampliaron que debido “a la gravedad del cuadro instalado en escasos minutos, se considera como apropiadas y oportunas las medidas terapéuticas realizadas con el fin de tratar de estabilizar a la paciente. La Junta Médica llega a la siguiente conclusión: “Se determina que las medidas diagnósticas y terapéuticas realizadas en la paciente fueron acordes a lo que indica la lex artis para el motivo de la consulta, el cuadro clínico presentado al momento de su ingreso y en función a su evolución posterior.
De esa manera, la fiscal consideró agotadas las instancias de investigación, y en una resolución muy sustanciada de más de 70 carillas, fundamenta (ver aparte) la imposibilidad de avanzar hacia una imputación con vistas a un futuro juicio, y eventual condena, por lo cual resolvió archivar el legajo.
Para la fiscal no hay evidencia científica, pero la querella reclama avanzar
A la hora de fundamentar el archivo, Piazza Iglesias expresó: “Debemos tener presente, según normas penales y procesales, que para que un fiscal pueda llevar a una audiencia imputativa a una persona investigada por la presunta comisión de un delito, debe surgir la probabilidad de que sea acusada como autor o partícipe del delito, y más aún, el fiscal deberá contar con elementos para obtener una sentencia condenatoria, circunstancia que no se da en el caso ante el dictamen de juntas médicas”.
Entendió que en este tipo de investigaciones las pericias científicas y dictámenes médicos, “constituyen la prueba fundamental a debatirse en el juicio”. Y remarcó que su función debe estar “reñida por el deber de objetividad”.
Disconformidad
Por el contrario, Yonatan, el padre de Liz, subrayó que el legajo acumula evidencia científica para avanzar en la imputación. Principalmente por el informe de la Sociedad Argentina de Pediatría, una institución reconocida a nivel nacional e internacional. A través del abogado Federico Ghiglioni presentó un escrito de disconformidad del archivo ante la fiscal regional María Eugenia Iribarren. La funcionaria deberá revisar el legajo y determinar si avala la decisión de la fiscal Piazza Iglesias o hay evidencias para proseguir con la investigación.