La Cámara Civil condenó a un chofer y a dos empresas de colectivos por sendos accidentes que
sufrieron dos pasajeras, una de las cuales sufrió secuelas por las lesiones.
En uno de los casos, la empresa Juan B. Justo, propietaria de la línea
34, deberá indemnizar a una pasajera septuagenaria que sufrió una lesión severa en una rodilla al
caer en el interior de un vehículo por una mala maniobra del chofer, y desde entonces debe
desplazarse con bastón.
En el otro, el chofer y su empresa deberán resarcir a una mujer que
sufrió golpes y escoriaciones cuando, al descender del rodado en cercanías del estadio Luna Park
porteño, su abrigo quedó atrapado con la puerta trasera y fue arrastrada unos 60 metros.
En el primer caso, según sostuvo el fallo de la Sala E de la Cámara, la
pasajera Elda Beatriz Outeda sufrió el accidente “cuando intentaba descender del colectivo en
la intersección de la avenida Juan B. Justo con la calle César Díaz, de la Capital Federal”.
“La caída derivó en una artroplastía total de rodilla, que le causó una incapacidad de tipo
parcial y permanente de 20%, que la obliga al uso del bastón”, sostuvo el fallo.
La víctima, de 72 años, “era una mujer activa que se desempeñaba
en una escribanía donde realizaba diligencias, con lo que es de presumir que dichas secuelas
repercutieron sobre su funcionamiento en el trabajo y sobre su autonomía de movimientos en la vida
cotidiana”, dijeron los jueces. Por ello, dispusieron una indemnización de 42.128 pesos más
intereses para afrontar los gastos de la prótesis que le fue colocada en la rodilla, más el daño
moral, el daño material y la incapacidad sobreviniente. La misma sala dispuso que la mujer
arrastrada por el colectivo fuera resarcida con unos 28.000 pesos más intereses por los daños que
sufrió por ese episodio. Según el fallo “las lesiones ocurrieron cuando fue arrastrada por
haber quedado enganchada su vestimenta con la puerta trasera.