El gobierno nacional modificó los requisitos para inscribirse en el programa de acceso al cannabis medicinal. Esta nueva medida deroga una resolución ministerial que establecía una serie de restricciones en el registro al Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). A partir de ahora, nuevas personas físicas o jurídicas estarán aptas para inscribirse en el registro.
La resolución 1780/2025 que se publicó en el Boletín Oficial busca corregir “los efectos adversos del sistema tal como actualmente se encuentra regulado” y genera “un reordenamiento del marco normativo relativo a los cultivadores para uso terapéutico”.
Desde el Ministerio de Salud señalaron sobre “el uso indebido y abusivo de las herramientas que dispone la normativa”. Según se indicó, la nueva medida busca “contemplar la figura de los proyectos de investigación que en la práctica se han constituido en una categoría especial y trascendente”.
Quiénes pueden inscribirse al Reprocann
La norma se divide en dos grupos: permisos para el cultivo para pacientes y aspectos vinculados a los proyectos de investigación.
Dentro del primer grupo, se encuentran las categorías paciente que autocultiva, familiar del paciente, tercero y organización civil con permiso expedido por la autoridad de aplicación. En tanto que el segundo grupo incluye "personas físicas y jurídicas que presenten proyectos de investigación, según indica el documento.
Las personas que pueden inscribirse a la norma corresponden a usuarios o pacientes con indicación médica para el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor y sus derivados; cultivadores que cumplan con los requisitos para cultivar cannabis para el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor y sus derivados; personas jurídicas permitidas en proyectos de investigación y desarrollo bajo la ley 27.350.
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Además, podrán aquellos acreditados como autocultivadores, terceros cultivadores y personas jurídicas permitidas como asociaciones civiles, fundaciones o personas jurídicas que integran proyectos de investigación y desarrollo.