Córdoba.— La Justicia Federal declaró inconstitucional el artículo de la ley de drogas que reprime la tenencia de marihuana para consumo personal, en sintonía con el fallo que emitió la semana pasada la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Córdoba.— La Justicia Federal declaró inconstitucional el artículo de la ley de drogas que reprime la tenencia de marihuana para consumo personal, en sintonía con el fallo que emitió la semana pasada la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba, a cargo de Alejandro Sánchez Freytes, declaró inconstitucional el artículo de la ley 23.737 en la causa contra Roberto Carlos L., por lo que sobreseyó al hombre acusado de tener 8 gramos de marihuana.
La resolución conocida ayer es la primera que se produce siguiendo los criterios del fallo de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inconstitucional la penalización de la tenencia de marihuana en adultos para consumo privado y sin riesgos para terceros.
El imputado fue detenido el 1º de abril con cuatro envoltorios con marihuana, por lo que se le inició una causa por tenencia de droga para consumo personal. Ahora, el juez resolvió sobreseerlo, aunque "dejando a salvo" su criterio personal.
La sentencia determinó que L. no causó daños a terceros ni lesionó el orden o la moral pública, por lo que su conducta quedó contemplada en el artículo 19 de la Constitución, que establece el límite entre la esfera pública y privada. Y declaró inconstitucional el artículo 14, 2º párrafo, de la ley de drogas, que prevé una pena de un mes a 2 años de prisión para la tenencia para uso personal.


