El gobierno nacional ratificó su intención de subir las retenciones a la exportación de determinados complejos exportadores. El proyecto de ley ómnibus que presentó al Congreso crea también nuevas disposiciones en lo que respecta a la habilitación de frigoríficos y modifica las leyes de pesca y biocombustibles.
En lo que respecta a los derechos de exportación, el proyecto de ley establece una alícuota del 15% para productos que en la actualidad no tributan o lo hacen con tasas menores a la que se intenta aplicar con esta reforma. Esto sucede con el trigo y el maíz, que en la actualidad están gravadas con un 12%, o la carne vacuna, con un 9%.
Fuera de este incremento quedaron los complejos olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana. En cambio, la alícuota para la cadena vitivinícola, el aceite y la esencia de limón pasará a ser del 8%.
Quedaron desafectados de los cambios propuestos por la normativa las exportaciones de hidrocarburos y mineras, que seguirán con las alícuotas que rigen actualmente.
En cambio, se incrementa en dos puntos porcentuales la harina y aceite de soja hasta el 33% equiparándolo con el poroto, eliminando el diferencial entre el producto industrializado y la materia prima exportada sin procesar.
Por otro lado, se delega en el Poder Ejecutivo la facultad tanto para llevar estas retenciones a 0% como así también aumentarlas en aquellos productos que no hayan sido alcanzados por las modificaciones, durante los próximos cuatro años.
En el capítulo dedicado enteramente a la bioeconomía, el gobierno propone reglamentar la habilitación y funcionamiento de los establecimientos de faena y frigoríficos, como así también establecer cambios en el Régimen Federal de Pesca.
En el primer caso, la normativa dispone que “el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) reglamentará, en todo el territorio del país, el régimen de habilitación y funcionamiento de los establecimientos donde se faenan animales, o se elaboran o depositan productos de origen animal”.
A las provincias les quedará el dictado de normas complementarias que no contravengan las disposiciones de la ley nacional.
Por último, también propone modificaciones a la 27.640 de Biocombustibles, lo que determina cambios en la autoridad de aplicación, específica los productos que serán comprendidos como biocombustibles, crea un registro de productores e impone porcentajes mínimos de mezcla, del 12% con nafta en el caso del biodiesel. También libera la negociación del precio en este último caso.
Promoción
El proyecto también crea un régimen de incentivos para grandes inversiones, que brindará facilidades impositivas y cambiarias a empresas e individuos nacionales y extranjeros que emprender en el país.
Por este régimen se establecen “ciertos incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y un sistema eficiente de protección de derechos adquiridos a su amparo”, destaca la iniciativa enviada al Parlamento. El objetivo serán la agroindustria, infraestructura, sector forestal, minería, gas y petróleo, energía y tecnología.
Entre las facilidades que contarán los potenciales inversores se destaca la posibilidad de que, cuando los dividendos y utilidades se distribuyan luego de transcurridos tres años desde el cierre del ejercicio fiscal en el que se realizaron, esos fondos no pagaran impuestos. También quedarán exceptuados en los porcentajes de la obligación de ingreso y/o negociación y liquidación en el mercado de cambios del 20% a partir del primer año, 40% en el segundo; y 100% desde el tercero.
Por otra parte, el Poder Ejecutivo propuso crear un régimen especial el impuesto sobre los Bienes Personales. Los contribuyentes que opten por adherirse tributarán el impuesto correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada. Se les aplicará la alícuota de 0.75% sobre la base imponible y, para el pago, podrán computarse los créditos fiscales, anticipos y pagos a cuenta del impuesto correspondiente al período fiscal 2023.
A efectos de determinar la base imponible del impuesto para los períodos fiscales 2023 a 2027 inclusive, para aquellos contribuyentes que adhieran al REIBP, se procederá a valuar todos los bienes del patrimonio existentes al 31 de diciembre de 2023 y, del monto resultante, se restará el valor de los bienes exentos.
La iniciativa también ubica a 41 empresas públicas como sujetas a privatización. Incluye a YPF, Aerolíneas Argentinas, Agua y Saneamientos Argentinos (AySA), Banco Nación y su grupo, Nucleoeléctrica Argentina, etcétera.