El control oficial al mercado cambiario se profundiza. Ahora el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso eliminar a partir del lunes próximo todas las excepciones a la obligatoriedad de informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) la compra de divisas.
De esta manera, todas las adquisiciones de moneda extranjera deberán ser informadas por las entidades financieras al organismo recaudador, inclusive en el caso de compra de divisas destinadas a la adquisición de inmuebles mediante un crédito hipotecario. Esta medida se suma al nuevo sistema de compra de divisas para aquellos que realicen un viaje al exterior que comienza a funcionar hoy.
El BCRA mediante la comunicación A-5309 eliminó todas las excepciones a la obligatoriedad de informar a la Afip y obtener validación fiscal, cuando se trate de la adquisición de divisas correspondientes a operaciones de organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación, representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país, representaciones en el país de tribunales, autoridades u oficinas, misiones especiales, comisiones u órganos bilaterales establecidos por tratados o convenios internacionales, en los cuales la Argentina es parte, en la medida que se realicen en ejercicio de sus funciones.
También deberán informar los gobiernos locales y los empleados de gobiernos locales que no estén integrados al Sistema Integrado Previsional Argentino (Sipa), en la medida que la operación se realice en la entidad financiera en la cual se acrediten el pago de los sueldos y por hasta un monto máximo equivalente al último sueldo.
Además, se suman las operaciones que realicen las personas físicas con la aplicación de los fondos de préstamos hipotecarios en moneda local otorgados por entidades financieras para la compra de vivienda, y en la medida que el monto adquirido sea destinado simultáneamente al pago del inmueble objeto del préstamo.
Ahora serán objeto de la lupa de la Afip las operaciones que realicen las personas físicas que compren billetes en moneda extranjera con los fondos de jubilaciones y pensiones percibidas del exterior.
Turismo. Respecto a la compra de moneda extranjera para realizar viajes al exterior, los argentinos deberán cumplir a partir de hoy con un sistema de información implementado por la Afip que evaluará el monto que pueda eventualmente adquirir, según la resolución 3333 publicada ayer en el Boletín Oficial.
Gustavo Fernández, miembro de la Asociación Argentina de Derecho del Turismo (Aadetur), dijo que el nuevo sistema podría "violentar derechos personalísimos". En ese sentido, sostuvo que vislumbra "algunos problemas de constitucionalidad, porque hay que ingresar datos por internet que pueden violentar los derechos personalísimos".
No obstante, desde la Cámara Argentina de Turismo (CAT) advirtieron "resuelve favorablemente la situación de los argentinos que necesitan comprar dólares" para cubrir sus gastos durante un viaje".
Exportadores
El gobierno nacional extendió de 15 a 30 días corridos el plazo mínimo para que los exportadores que hayan vendido el año pasado más de dos millones de dólares ingresen al sistema financiero las divisas que obtuvieron por las ventas realizadas en el exterior. Además, se podrá notificar por medios electrónicos las operaciones menores a dos millones de dóalres.