El caso de un preso que en mayo fue trasladado desde la cárcel de Piñero al Hospital Neuropsiquiátrico Agudo Avila por una crisis nerviosa, y pasó allí todo un fin de semana esposado y sin alimentarse, se convirtió en el punto de partida para ordenar la situación de todas las personas privadas de la libertad e internadas allí por problemas de salud mental. El juez Juan Andrés Donnola hizo lugar a un hábeas corpus en favor del detenido que se amplió a "todas las personas internadas con custodia policial". En ese marco, dispuso un plazo de 120 días para realizar reformas edilicias, ordenó que los agentes penitenciarios respeten el protocolo de la institución de salud, que no les coloquen esposas a los pacientes presos y que se priorice el tratamiento ambulatorio cuando el criterio médico lo determine.
El recurso de hábeas corpus había sido presentado por el Servicio Provincial de la Defensa Penal a partir del caso de Leandro J., detenido desde 2013 y condenado por un intento de robo agravado. El 20 de mayo pasado fue derivado desde Piñero al centro de salud de Suipacha al 700 con una crisis de delirio y alucinación. Allí quedó en la guardia y luego internado debido que no mejoraba su patología.
La denuncia. Según planteó el mes pasado el defensor provincial Gabriel Ganón, en la primera audiencia por el caso, J. estuvo todo el fin de semana esposado, sin recibir alimentos ni poder bañarse y sin disponer más que de un balde para hacer sus necesidades fisiológicas. Y solicitó ampliar el planteo respecto de todos los presos alojados en el pabellón 3 del Agudo Avila, adonde se deriva a reclusos con problemas psiquiátricos. El juez Donnola aceptó ese pedido y "abrió el recurso a prueba", es decir, solicitó informes y testimonios de funcionarios antes de pronunciarse sobre el tema.
Así, el hábeas corpus funcionó como una suerte de mesa de diálogo entre distintos actores y derivó en la resolución que será notificada al Servicio Penitenciario provincial (SP), al Ministerio de Seguridad y a las autoridades del centro regional de salud. Además de ordenar reformas para mejorar la seguridad del pabellón 3, el juez dispuso cuestiones de protocolo que hacen al cuidado de los internos.
Es que durante el debate quedó en evidencia que en estos casos los médicos deben luchar con cierta "lógica policial" para brindar los tratamientos.
Trato difícil. Al respecto el director del hospital, el médico Luis Aguirre, planteó que a las personas allí se las trata como "pacientes" , pero muchas veces reciben un trato de "presos de penitenciaría: no se los lleva a orinar o a bañar o pueden llegar a dormir esposados", lo que constituye un trato inhumano por parte del personal que los custodia.
El directivo puntualizó que en el caso de J. uno de los guardias tuvo una violenta reacción verbal hacia profesionales del hospital cuando éstos le reprocharon que lo obligaran a orinar en un tarro, esposado, no lo dejaran bañarse o impedían que tomara la medicación. En suma, planteó que la presencia de unos diez agentes armados complica el tratamiento de los internos.
Tras escuchar ese testimonio el juez solicitó que el hospital informara por escrito el protocolo para el tratamiento de los pacientes privados de la libertad, quienes son derivados allí por orden judicial.
En representación del SP expuso la directora de Relaciones Institucionales del organismo, Lucía Manelli. Desde el organismo se informó que se había iniciado un sumario administrativo respecto de los guardias que custodiaban a J. y luego se dispuso una sanción.
Por último se requirió un informe sobre las características y condiciones del pabellón 3. El estudio fue realizado por un organismo técnico del SP y arrojó que en el sector no estaban garantizados los cánones básicos de seguridad. El informe incluyó propuestas de reformas que el SP se comprometió a asumir con presupuesto propio. Según lo discutido entre las partes, esos arreglos reducirían la cantidad de personal penitenciario necesario en el sector.
Saber o no saber. Finalmente Donnola hizo lugar al hábeas corpus correctivo y sostuvo que se constató una "falta de conocimiento de los encargados del SP" sobre cómo realizar la custodia en un espacio de salud. Por eso reclamó que se ponga en conocimiento de los agentes el protocolo interno del hospital ya que deben cumplir con su trabajo pero priorizando las reglas de la institución que deben estar por escrito "en un lugar visible de los pabellones". Es decir que los custodios sepan que los internos "no deben estar esposados", salvo una "estricta indicación médica que lo requiera pero por razones de salud, es decir, para no ser perjudicial para terceros o para sí".
Asimismo el juez otorgó un plazo de 120 días para realizar las obras, con informes mensuales sobre los avances. Y por último recomendó a las autoridades del centro regional que se reserve la internación para casos estrictamente necesarios y que de ser posible se priorice el tratamiento ambulatorio de los presos con afecciones psiquiátricas.