El gerente de una empresa familiar de Granadero Baigorria, una de sus hijas y la pareja de esta irán a juicio oral y público acusados de “defraudación por trasvasamiento o vaciamiento de empresa” con pedido de penas de hasta 6 años de prisión de cumplimiento efectivo. Las maniobras fueron denunciadas por otra hija del fundador de la firma, accionista y víctima de despojo patrimonial.
Este lunes se desarrolló en el Centro de Justicia Penal (CJP) el último capítulo de la audiencia preliminar donde se ventilan los alcances judiciales de un caso atravesado por las disputas familiares, y que resulta paradigmático sobre el vaciamiento de una empresa.
Se trata de los hechos que salieron a la luz en mayo de 2023 cuando Ana Lía T. denunció penalmente a su padre, a su hermana y a la pareja de esta por vaciar la firma Gabapel SRL, radicada en Granadero Baigorria y de la que era social gerenta con el 50 por ciento de las acciones. La empresa fabrica máquinas y equipos electromecánicos, electrónicos, hace montajes industriales y comercializaba materiales eléctricos en el país y en el exterior.
Hace 10 años
Según denunció y describió la querella al apuntalar la imputación, mientras la empresa funcionaba de manera próspera y con notable desarrollo económico, en 2014 hubo una serie de cortocircuitos familiares y Ana Lía dejó de asistir a la firma como lo hacia regularmente.
A partir de allí se enteró que la actividad de la fábrica se había visto gravemente disminuida. “Dicha merma no respondió a causas externas o consecuencias propias del giro comercial, sino al proceder ilícito, voluntario y malicioso del resto de sus miembros”, recalcó la mujer en la denuncia.
Melliza
Es que según las evidencias, a fin de perpetuar la maniobra ilícita y dejar fuera de la empresa familiar a Ana Lía, los acusados constituyeron una nueva sociedad, Gaba SA, con idéntico domicilio y objeto social y se la inscribió en el Registro Público el 22 de septiembre de 2015 con una duración de 99 años.
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Los socios de la flamante firma eran Carlos Alberto D., Natalia Paula —también como presidenta— y su padre Carlos Alberto como director. En 2014 se tramitó el alta fiscal ante Afip, cinco años antes del vencimiento de Gabapel SRL.
Además mediante un instrumento privado con firma certificada y a sabiendas de la ilicitud de la conducta, Natalia transfirió el 40 del capital social de Gaba SA. a su padre desplazando a D., quien hasta el momento funcionaba como su testaferro.
Tras una larga y compleja investigación, el fiscal Mariano Ríos Artacho le terminó de dar forma a la acusación en una audiencia que había comenzado en noviembre pero se desdobló por razones operativas.
El trámite fue presidió este lunes por el juez Nicolás Foppiani. También participaron el abogado querellante Mariano Scaglia por la damnificada, y por los tres imputados los defensores particulares Néstor Vico Gimena, María Eugenia Debiasi y Rodrigo Vico Gimena.
Maniobra maliciosa
Para el fiscal, Paulo Alfredo T. (padre), Natalia Paula T. (hija) y Carlos Alberto D. (pareja de Natalia) “afectaron maliciosamente el normal desenvolvimiento de la empresa Gabapel SRL fundada en 1989 (Río Negro 2737 de Granadero Baigorria), y de la que Ana Lía resultó cesionaria del 50 por ciento del capital.
Remarcó que Gaba SA “se nutrió de los bienes de capital de la anterior: mismo objeto social, espacio físico; iguales procesos productivos y controles de calidad, el mismo lay out de planta; casi idéntico personal, y hasta la mismos proveedores y cartera de clientes.
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“Esta maniobra llevo a cabo entre los años 2015 y 2016, y tuvo como finalidad perjudicar económicamente a Gabapel SRL, por cuanto nunca se realizaron los trámites de disolución y liquidación de la misma”, con un perjuicio patrimonial de proporciones para Ana Lía.
La Fiscalía, calificó la conducta penal como “defraudación por trasvasamiento o vaciamiento de empresa en calidad de coautores”,y solicitó 4 años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas para los tres imputados. La querella elevó la pretensión y pidió seis años, también de cumplimiento efectivo.
El juez convalido la acusación y dictó el auto de apertura a juicio. Además, tuvo por admitida la prueba ofrecida, material y testimonial, entre los que se cuentan unos 50 testigos, informes y pericias, entrecruzamiento de información fiscal y contable, balances, movimientos bancarios, investigaciones del Ministerio Público de la Acusación (MPA), escuchas y objetos de los allanamientos. Ahora resta que la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) agende el debate oral y público.