El policía acusado de matar al adolescente Brandon Cardozo el 1º de enero de 2016, cuando estando franco de servicio realizó disparos con su arma reglamentaria en una fiesta callejera en zona sur, llegará a juicio oral imputado por la figura más grave que contempla el Código Penal para estos casos. En una audiencia preliminar, un juez admitió ayer el encuadre legal que propuso la Fiscalía —homicidio simple agravado por uso de armas— con un pedido de pena de 24 años pero resolvió agravar la conducta por ser un funcionario policial, condición que no cesa y "es permanente". Así lo impulsó la querella, que además solicitó la prisión perpetua para el acusado.
"Estoy poniendo fe en la Justicia. Con que el juez diga que estando de civil y teniendo su arma el policía no pudo haber actuado así hay esperanzas de que en el juicio va a salir todo bien. Hasta que no se haga justicia por mi hijo, voy a seguir peleando", dijo con las palabras entrecortadas por el llanto la madre del chico de 16 años, Laura Avalos, al salir de la sala donde estuvo cara a cara con el policía imputado de matar a su hijo.
Desde el 7 de enero de 2016 el policía Emiliano Martín G., de 29 años, está imputado y preso como principal sospechoso de disparar su arma reglamentaria en la fiesta callejera que se realizaba en Entre Ríos y Centenario, hecho que le costó la vida a Cardozo.
Ante el juez Luis María Caterina, la fiscal de Homicidios Marisol Fabbro argumentó el encuadre legal de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, sin contemplar como agravante de la condición de funcionario policial porque en ese momento estaba de franco servicio.
Fabbro recordó una decena de testimonios concordantes que apuntaban al policía como quien realizó al menos cinco disparos a una multitud de entre 500 y 700 personas mientras se desarrollaba la fiesta en zona sur que había sido convocada a través de las redes sociales. Brandon fue alcanzado por una bala en el mentón y luego trasladado al Hospital Roque Sáenz Peña, donde llegó sin vida.
Evidencias
Además la fiscal reflotó el testimonio del policía Lucas B., que también estaba en la fiesta con su novia y otras dos personas. Ese uniformado fue quien se presentó en la División Judiciales de la Unidad Regional II y denunció la situación.
La funcionaria sumó la declaración de la joven que acompañaba a ese agente y su cuñado. Todos coincidieron con la descripción física del acusado e indicaron que lo vieron "disparar a mansalva", en medio de la multitud. Dos de los testigos aportados por la Fiscalía realizaron una ronda de reconocimiento de personas con resultado positivo sobre el imputado.
Otro elemento que salió a la luz fue la pericia balística positiva sobre siete vainas servidas (con punta de teflón azul como la utilizada por la policía) halladas en la escena del crimen. Se concluyó que fueron percutadas por la misma arma y mostraron similitud con otros cinco proyectiles calibre 9 milímetros secuestrados en la casa de Emiliano G. cuando fue detenido.
Allí también se secuestraron su arma reglamentaria y prendas cuyas características coinciden con las descriptas por varios testigos como las que vestía esa noche. Con la instrucción concluida, la fiscal solicitó 24 años de prisión para el imputado con vistas al juicio.
Abusiva y letal
Luego fue el turno de la querella a cargo de los abogados Salvador Vera y Nicolás Valett, de la Asamblea por los Derechos de la Niñez y la Juventud, en representación de la madre de Brandon. Sentado junto a Laura, Vera remarcó la conducta "arbitraria, letal y abusiva de las funciones" del policía. "No disparó una vez, sino siete", recordó. Y a diferencia de la calificación fiscal, impulsó que se tenga en cuenta el agravante por la "condición de sujeto activo policial".
"En una reunión de entre 300 y 500 personas hubo un aprovechamiento del cargo, que se manifestó con el uso del arma reglamentaria", enfatizó Vera. "El estado policial es permanente, no por estar de franco servicio queda eximido de sus obligaciones y responsabilidades, violando derechos humanos. Por eso pedimos prisión perpetua", alegó citando jurisprudencia al respecto.
Por su parte, el defensor Jorge Santamaría Cabanillas mostró una actitud llamativa. Adhirió en todo a los planteos de la Fiscalía sin cuestionar el encuadre legal. Tampoco se explayó demasiado sobre la posición de la querella. Simplemente recordó que la doctrina "esta dividida" respecto de la interpretación de la conducta de policías de franco, con lo cual rechazó que la aplicación del agravante.
"No puede"
Luego de aclarar que el encuadre es provisorio y la calificación definitiva dependerá del Tribunal del juicio, Caterina decidió enmarcar el caso bajo los alcances del artículo 80 inciso 9 del Código Penal. "De acuerdo a la ley que reglamenta la actividad policial, el personal está en servicio, retirado o exonerado. En servicio tiene la portación del arma. Y el artículo 43 establece que no debe utilizar o blandir el arma de fuego provista alegremente. No puede mantener una conducta despreocupada o desprejuiciada", aclaró el juez.
Según esa interpretación, Caterina dijo que "en esas circunstancias si la persona está con el arma tiene obligaciones emergentes en la ley de personal policial. Se abusa cuando se porta con despreocupación el arma. Corresponde admitir totalmente la acusación fiscal bajo la plataforma fáctica esgrimida, con la figura adoptada o sugerida por la querella", sostuvo.
Luego las partes analizaron el convenio probatorio con vistas al juicio, instancia en la cual la defensa solicitó la realización de un careo entre los testigos y el policía que denunció al imputado. A pesar de la oposición de la defensa y la querella, el juez hizo lugar al requerimiento y aprobó la incorporación de todas las pruebas. Sin embargo rechazó el planteo de morigeración de prisión por un régimen domiciliario, con lo cual Emiliano G. llegará al juicio en prisión efectiva.