El primer juicio por jurados celebrado en Rosario ya tiene su veredicto. Doce vecinos de la ciudad que ejercieron como jurado popular declararon culpable a un hombre por el femicidio de su exesposa y el homicidio de la pareja de ella, ocurridos en 2025 en la ciudad.
El veredicto fue comunicado en la tarde de este viernes, en el Centro de Justicia Penal de Rosario, y en los próximos días deberá realizarse la audiencia de cesura en la que se determinará el monto de la pena. El fiscal Alejandro Ferlazzo representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en las audiencias.
De esta manera, Anibal C. fue declarado culpable por el femicidio de su exesposa, Natalia Ocampo, y por el homicidio de la pareja de ella, Cesar Valenzuela.
Primer veredicto
Luego de deliberar durante más de dos horas, el jurado popular tomó la decisión por unanimidad y la comunicó en la audiencia de lectura de veredicto. Los delitos atribuidos por la Fiscalía y por los cuales Aníbal C. fue declarado culpable son los de homicidio calificado por el vínculo y por mediar un contexto de género, agravado por el uso de arma de fuego, homicidio agravado por el uso de arma de fuego, portación ilegítima de arma de fuego de guerra, encubrimiento y daño, todo en concurso real entre sí en calidad de autor.
El fiscal Ferlazzo, de la Unidad Especializada en Violencias Altamente Lesivas (Uval), solicitó la pena de prisión perpetua para el acusado. En tal sentido, está previsto que en los próximos días se realice la audiencia de cesura en la cual las partes deberán aportar pruebas y la jueza Eleonora Veron determinar el monto de la pena.
La causa
Aníbal C. es juzgado por matar a su exesposa y a la pareja de ella. Los hechos sucedieron el 6 de abril del 2025, en horas del mediodía y en Uruguay al 5300, lugar donde funcionaba una pensión en la que vivía Ocampo en pleno proceso de separación con el hombre de 62 años.
Entró al lugar usando llaves que le sustrajo a su expareja, fue a la planta alta donde ella se encontraba con su pareja de entonces, Valenzuela, y les disparó a ambos en unas ocho oportunidades con una pistola Bersa calibre 9mm.
Según las pericias posteriores al hecho, Ocampo recibió tres disparos (dos en el cráneo y otro en el cuerpo), mientras que Valenzuela fue impactado por cinco balazos mientras forcejeaba con quien este viernes fue encontrado culpable por el jurado popular.
La mujer falleció por daño cráneo encefálico grave por proyectiles de arma de fuego y Valenzuela, por shock hipovolémico por lesiones viscerales, vasculares cervicales y torácicas por proyectiles de arma de fuego. Una vez que se fue del lugar, Aníbal C. ocultó el arma homicida en el domicilio de un familiar.
Antecedente de violencia de género
Ocampo tuvo una relación con Aníbal C. por aproximadamente 18 años, dentro de un contexto de violencia género y con denuncias registradas desde 2010. Dos semanas antes del femicidio de ella y el homicidio de su pareja, se dispuso una prohibición de acercamiento por la que el hombre juzgado este viernes no podía acercarse a la mujer ni a su domicilio. Esta prohibición fue cautelar por 72 horas y luego se dio intervención al Juzgado de Familia correspondiente. El homicidio, indicaron desde el MPA, se cometió "dentro de un contexto de maltrato físico y psicológico, con violencia económica a partir del hostigamiento para hacerse de los bienes que consideraba suyos".
Además, se le atribuye a Aníbal C. haber portado la pistola mencionada más arriba sin la debida autorización legal y con numeración suprimida.
Detalles del juicio por jurados
El modelo de juicio por jurados adoptado en Santa Fe prevé un jurado de 12 personas titulares y 2 suplentes, todas sin formación jurídica ni vínculos con el Poder Judicial o las fuerzas de seguridad. Quedan excluidos abogados, escribanos, funcionarios públicos, militares, policías, personas con antecedentes penales, menores de edad, mayores de 76 años, madres lactantes y quienes tengan relación directa con las partes del proceso. La Constitución Nacional de 1853 y la reforma de 1994 establecen esa figura que hasta ahora sólo estaba implementada en diez provincias.
Para lograr el veredicto de culpabilidad o no culpabilidad en el juicio por jurados, los 12 miembros del jurado deliberan de forma secreta hasta obtener una decisión unánime. Tras ello, el juez es el encargado de continuar los pasos del juicio: si el veredicto es “no culpable”, el juez dictará la absolución del acusado; si el veredicto es “culpable”, el juez determinará la pena correspondiente. Se trata del sexto juicio bajo esta modalidad en toda la provincia.
La ley Nº 14.253, que establece esta modalidad para delitos graves, fue sancionada el 21 de marzo de 2024 y promulgada por el gobernador Maximiliano Pullaro seis días después a través del decreto Nº 418. La norma incorpora el juicio por jurados para ciertos delitos penales, como homicidio calificado, robo seguido de muerte, abuso sexual seguido de muerte y enfrentamientos armados entre policías y delincuentes.