La Administración Nacional de la Seguridad Social (Ansés) ofrece distintos bonos dirigidos a determinados beneficiarios. Uno de ellos es la prestación por desempleo, un pago que está dirigido a todas aquellas personas que atraviesan una situación económica compleja y se encuentran desempleados.
El beneficio consiste en garantizar un ingreso económico mensual fijado en relación al Salario Mínimo, Vital y Móvil. En este sentido, el organismo divulgó el calendario de pagos de este beneficio y los requisitos para acceder.
¿Qué es la Prestación por Desempleo?
La Prestación por Desempleo es un subsidio otorgado por la Ansés para empleados que hayan sido despedidos sin una razón válida, cuyo contrato laboral haya finalizado o que quedaron desempleados por causas externas.
La ayuda económica se determina en función del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). En específico, equivale al 75% del mejor sueldo promedio de los últimos seis meses de trabajo.
El gobierno nacional confirmó un aproximado de $300.000 para octubre de este año.
¿Quiénes pueden acceder a la Prestación por Desempleo?
La Ansés establece diferentes requisitos para acceder al beneficio, según la persona que lo solicite:
- Si se trata de trabajadores permanentes: deben haber realizado al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años antes del despido o finalización del contrato.
- Si se trata de trabajadores eventuales: deben haber trabajado más de 90 días en el último año.
- Si se trata de trabajadores de la construcción: deben haber realizado mínimo de 8 meses de aportes en los últimos 2 años antes del fin de la obra o despido.
¿Cómo acceder a la Prestación por Desempleo?
Para acceder al beneficio se debe llevar a cabo una inscripción. La misma se tiene que realizarse dentro de los 90 días posteriores al despido o fin del contrato.
El trámite se puede hacer de manera online por la web de Anses o presencialmente en alguna de sus oficinas. Para ello es necesario presentar el DNI y un documento que acredite el desempleo:
- Si se trata de un despido sin justa causa, se debe presentar el telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Si se trata de un despido por quiebra o concurso preventivo del empleador, se debe presentar una nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, la sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Si se trata de una resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa, se debe presentar el telegrama de intimación y el telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- Si se trata de la no renovación de un contrato a plazo fijo, se debe presentar una copia del contrato de trabajo vencido.
- Si se trata del fallecimiento del empleador, se debe presentar una copia certificada del acta o partida de defunción.
- Si se trata de desempleo por haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo, se debe presentar el certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Para realizar el trámite de manera virtual hay que acceder Mi ANSES con el CUIL y la clave de la Seguridad Social.
Para realizar el trámite presencialmente, se debe acudir a una oficina de Anses con turno previo.
>> Leer más: Atención, jubilados y pensionados: Ansés modificó las fechas de pago en octubre
Calendario de Prestación por Desempleo en octubre 2025
La fecha de cobro depende del documento del beneficiario:
- DNI terminados en 0 y 1: 17 de octubre
- DNI terminados en 2 y 3: 20 de octubre
- DNI terminados en 4 y 5: 21 de octubre
- DNI terminados en 6 y 7: 22 de octubre
- DNI terminados en 8 y 9: 23 de octubre