En su carta del pasado 4 de agosto, Marta López manifiesta que a su hijo lo cremaron sin su autorización en un cementerio de Rosario. Aparentemente no se siguieron los canales normales, ya que al trámite debe iniciarlo en cualquier momento la persona que desea cremarse con dos testigos y parece que en este caso no lo solicitó nadie. Como este hecho se relaciona con muchos otros, es oportuno un breve y aclaratorio comentario. Max Heindel (1865-1919), partiendo de claras premisas de la Orden Rosacruz actuante en la Edad Media, sostenía que el hombre funciona a través de cuatro "cuerpos", el físico o material y de otros tres inmateriales, a saber: el "cuerpo vital", asiento de las actividades orgánicas inconscientes; el "cuerpo de deseos" o emocional y el "cuerpo menta", asiento de las actividades racionales. Que durante su existencia el cuerpo físico se encuentra unido con la triada inmaterial por un conductor energético al que se ha denominado "cordón plateado" que se rompe en el momento exacto del final de nuestra existencia dentro de las 72 horas. De ahí que se sugiere dentro de ese lapso no efectuar cremaciones, inhumaciones y otras prácticas injustificadas. Oportunamente, la ciencia médica incorporó el concepto de muerte cerebral o encefálica, detectable con uno o más electroencefalogramas. En la actualidad se ha perfeccionado el diagnóstico con la tomografía por emisión de fotón único (spect cerebral) y otros (ver wikipedia). Este es un nuevo recurso para saber cuándo se ha cortado el "cordón plateado". Paralelamente, se pueden señalar las falencias que padecen las disposiciones legales vigentes. La ley 1565 de Registro Civil de Argentina es del año 1885 y si es que no ha sufrido una modificación reciente, dice en su artículo 84 que "la inhumación no podrá hacerse antes de las 12 horas siguientes a la muerte", o sea, que podría hacerse a partir de la decimatercera hora del supuesto fallecimiento. Por experiencia recogida fehacientemente y por pruebas testimoniales queda demostrado que el término de 12 horas es irresponsable. Debe tomarse clara conciencia de esta problemática y actualizar las anticuadas disposiciones legales vigentes.































