Dos jugadas de las cerealeras Molinos Agro y Dreyfus en momentos definitorios del cramdown de la concursada Vicentin sufrieron un revés. Por un lado, la Sindicatura del concurso rechazó las exclusiones de acreedores en la votación del salvataje que pretendían las empresas mencionadas, y, además, el juez del concurso, Fabián Lorenzini, se expidió sobre una suerte de maniobra amañada a la hora de juntar voluntades.
Vale recordar que Grassi SA, con un entendimiento por medio con Cargill, presentó en el cram down sus opciones de pagos a los acreedores, y luego hicieron los propio en conjunto Molinos Agro y Louis Dreyfus Company (LDC). El salvataje es la única figura en pie que tiene hasta fin de mes para constituirse para evitar la quiebra de la agroexportadora defaulteada.
El informe de la Sindicatura, firmado por todos los síndicos, fue emitido antes de que las exportadoras Molinos Agro y Dreyfus presentaran un pedido al juez Lorenzini solicitando la exclusión del principal acreedor de Vicentín, Avir South (del grupo Cima), que ostenta el 37% del pasivo exigible.
Vicentin y las maniobras
Molinos y Dreyfus argumentaron que la compra de esta deuda (originalmente con bancos extranjeros) fue orquestada por el grupo Grassi, quien también compite en el cramdown para quedarse con la agroexportadora.
La Sindicatura indicó que, aunque la interpretación legal podría generar situaciones inequitativas, la ocasión para opinar sobre eventuales exclusiones sería al vencimiento del plazo para obtener las conformidades del proceso de concurrencia. Básicamente le dice que no es oportuno y que no está ajustado al derecho concursal.
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Mariano Grassi, vicepresidente y CEO de Grupo Grassi SA. busca hacerse de Vicentin a través del cramdown
Los síndicos fundamentaron su rechazo indicando que las eventuales exclusiones de voto previstas en el artículo 45 de la Ley de Concursos y Quiebras (LCQ) están contempladas en relación a la concursada y para el período de exclusividad.
La normativa busca evitar irregularidades, como que una concursada use una firma asociada para comprar deuda y obtener mayorías en su propia oferta de pago, en perjuicio de otros acreedores. Sin embargo, en un proceso de cramdown, la concursada pierde la exclusividad de presentar una propuesta, y cualquier interesado puede hacerlo, como es el caso de Grassi SA o de la propuesta conjunta de Dreyfus y Molinos Agro.
Por lo tanto, los síndicos dictaminaron que la exclusión de acreedores no aplica para una oferta de cramdown presentada por una empresa que no es la concursada, como es la propuesta realizada por Grassi SA.
“Respecto de las eventuales exclusiones de voto previstas en el art. 45 LCQ están previstas en relación a la concursada y para el período de exclusividad. Una vez más, cuando el art. 48 remite a las reglas de mayorías aplicables para el salvataje, lo hace en relación a las mayorías y requisitos de forma, por lo que en principio, tratándose de prohibiciones o restricciones no se deberían aplicar analógicamente sin una remisión legal expresa”, sostienen los síndicos.
Como el 31 de octubre vence el plazo para que los interesados en adquirir la empresa logren las adhesiones necesarias a sus ofertas y Grassi está avanzado con las conformidades, puede interpretarse que Dreyfus y Molinos quiere detener esa marcha y que no prospere.
Picardía
A la hora de buscar las conformidades con los acreedores, Molinos envía por Whatsapp un paso a paso cómo indicar la conformidad. Allí aclara que debe seleccionar solo una opción de paso (“UNA”, escribe con mayúsculas), y a continuación pide indicar si acepta la propuesta o si acepta y revoca una conformidad previa dada a “MG” (Mariano Grassi). Es decir, incita a que se desista de otra opción, algo que no es obligatorio.
El acreedor no tiene la obligación de votar por una o por otra oferta, y, justamente, que se incite a dejar de votar al otro competidor incurre en una falta. Grassi SA. hizo una presentación judicial y el juez Lorenzini le dio hasta este miércoles a Molinos para contestar. Finalmente requirió que las empresas cerealeras "eliminen del portal habilitado para recibir conformidades a su propuesta, cualquier tipo de mecanismo que pueda inducir a los acreedores a revocar conformidades de otros postulantes".
La oferta
Las propuestas serán puesta a consideración de las autoridades judiciales y de los acreedores en el marco del proceso de salvataje. Hasta el 31 de octubre hay tiempo para presentar las ofertas de salvataje de Vicentin en el marco del cramdown dispuesto por el juzgado civil y comercial número dos de Reconquista. Los interesados deben lograr el respaldo de al menos el 51% de las cápitas y de casi dos tercios del capital adeudado.
De los cuatro grupos que se anotaron, el primero en formular una presentación fue el Grupo Grassi. La principal acreedora comercial no cooperativa de Vicentin ofreció un “menú” de opciones para los acreedores, según el nivel de compromiso que asuman con la nueva etapa de la compañía. Quienes aporten granos o financiamiento por un período de diez años podrán recuperar hasta el 200% de su acreencia original. Desde la corredora con sede en Rosario aseguraron que su propuesta “ya está orillando los mínimos requeridos” por la Justicia, lo que la posiciona como la más avanzada en el proceso.
Esta semana, Grassi informó que formalizó una alianza con la cordobesa Porta para operar, en caso de que resulte la propuesta ganadora, la planta de etanol, radicada en Avellaneda. “El objetivo es llevar los activos del Nodo Norte a su máxima eficiencia. La empresa proyecta realizar las inversiones necesarias para alcanzar ese propósito y mantener una apertura permanente a potenciar los negocios existentes y desarrollar nuevos emprendimientos”, señaló un comunicado.