El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick resolvió que el planteo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal en objeción a dos artículos de la ley de reforma laboral debe tramitar como una acción colectiva. La demanda cuestiona dos puntos de la normativa sancionada en marzo, por considerar que restringen el ejercicio profesional de los abogados laboralistas.
El magistrado admitió el trámite del amparo presentado por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), que busca que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 10 y 56 de la ley 27.802, por entender que lesionan derechos de los abogados que litigan en el fuero laboral.
La demanda sostiene que el artículo 10 de la reforma podría hacer responsables solidarios a los abogados por las costas cuando exista una sobreestimación de los créditos reclamados.
Alerta abogados
Según el escrito, la modificación “incorpora un componente inédito” al permitir responsabilizar directamente a los letrados por una mera sobreestimación de los montos reclamados y “vulnera el ordenamiento constitucional, coaccionando a los abogados y abogadas, al importar un cercenamiento objetivo sobre las posibilidades de plantear una demanda de índole laboral”.
Los demandantes agregaron que el nuevo esquema “lleva a impedirles ejercer libremente su profesión” porque los expone a responder por las costas sin necesidad de que exista una conducta temeraria o maliciosa.
Respecto del artículo 56, el planteo apunta contra la posibilidad de pagar las sentencias laborales en cuotas y el tope impuesto a las costas, por entender que ello también perjudica el cobro de los honorarios profesionales.
La demanda afirma que esa regulación “permitiría el pago en cuotas de los honorarios profesionales, contrariando el derecho a una retribución justa”, y advierte que muchos abogados, que ya esperan años hasta una sentencia definitiva, podrían verse obligados a cobrar sus honorarios en seis o doce cuotas.
Además, sostiene que la reforma genera una discriminación respecto de los profesionales que litigan en otros fueros y vulnera garantías constitucionales como la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y el derecho de acceso a la Justicia.
La CGT
El juez consideró acreditada la legitimación del CPACF para representar a los abogados alcanzados por la norma. En cambio, rechazó remitir el expediente al proceso colectivo promovido por la CGT, pese a que ambos cuestionan los mismos artículos de la ley. Explicó que los colectivos representados y los agravios invocados son distintos.
La presidenta del CPACF, Alejandra García, aseguró que “la reforma laboral no solo perjudica a los trabajadores, sino que también incorpora reglas que afectan el ejercicio de la abogacía”. Puntualizó que “la posibilidad de diferir en cuotas el pago de los honorarios profesionales es una medida que desconoce el carácter alimentario de nuestra retribución”.