El gobierno de Javier Milei recibió un revés judicial, que le exige el inmediato cumplimiento de la ley de financiamiento universitario. Este martes, la Justicia expresó que el decreto 759/25, que suspendía la ejecución de la norma, es arbitraria e ilegítima. La semana pasada había recibido un golpe en el Congreso sobre el mismo tema.
La medida cautelar fue impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y tuvo lugar en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, a cargo de Martín Cormick. Con su accionar, el magistrado ordenó al gobierno nacional a cumplir con la actualización de las partidas presupuestarias para el pago de salarios docentes y becas estudiantiles, tal como lo indica la ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
Desde la Federación Universitaria Argentina (FUR) celebraron la medida de Cormick, que pide el cumplimiento de los artículos 5 y 6, referidos a los salarios docentes y ayuda a estudiantes.
Joaquín Carvalho, titular de la FUA celebró ante este medio la medida: "Es un hecho muy importante. Una semana después de que el gobierno quiso nuevamente llevarse puesta la institucionalidad con el artículo 75 del presupuesto, que llegue esta disposición sienta un precedente clave en lo que viene".
A su vez, Carvalho sostuvo que "terminar el año así es un golpe para el gobierno, pero más que nada es un ápice de esperanza para los trabajadores docentes, no docentes y los estudiantes que venimos luchando desde hace mucho tiempo".
La definición del juez Cormick llegó justo después de que la Cámara de Diputados de la Nación haya enviado al Senado el Presupuesto 2026 eliminando el artículo 75, en lo que fue un golpe legislativo para el presidente.
La decisión del juez
Entre sus explicaciones, el juez Cormick plateó que su decisión es “excepcional porque altera el estado de hecho y de derecho existente al tiempo de su dictado y configura -en consecuencia- un anticipo de jurisdicción favorable respecto de un fallo final”.
Cormick consideró que la insistencia del Congreso para lograr la ley es sinónimo de una “actuación positiva de la autoridad pública” y agregó que el Poder Ejecutivo sostuvo la suspensión de la norma en una ley de menor jerarquía como la 24.629.
En este sentido, la norma que sirvió de fundamento para dejar sin aplicación el financiamiento universitario estipula que cualquier “ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.
Otro de los requisitos para admintir la cautela fue el “peligro de demora” en los salarios docentes, es decir, el deterioro del poder adquisitivo de los trabajadores de la educación universitaria. Destacó que el deterioro salarial no sólo impacta sobre el colectivo demandante, sino también sobre el resultado de su labor, lo que podría traducirse en una afectación del derecho a enseñar y aprender reconocido por el artículo 14 de la Constitución. En contraposición, aseveró que la no concesión de la medida implicaría un ahorro presupuestario “poco significativo”, y citó estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso que ubican el impacto fiscal de la norma en un 0,23% del PBI.
Ley de emergencia en discapacidad: la Justicia ordenó su inmediata aplicación
Diferentes sectores del ámbito de la discapacidad celebraron el fallo de la Justicia Federal, que ordenó a mediados de diciembre el cumplimiento inmediato de la ley de emergencia en discapacidad. La normativa había sido sancionada por el Congreso, pero el presidente Javier Milei la suspendió al argumentar que la Legislatura no había estipulado el origen de los fondos.
El Juzgado Federal de Campana, a cargo Adrián González Charvay, zanjó diferencias este mismo viernes y declaró la invalidez del Artículo 2° del Decreto 681/2025, que suspendía la ejecución de la normativa pese a la correspondiente promulgación.
La sentencia del magistrado federal ordena la inmediata aplicación de la ley 27.793 en todo el territorio nacional, que había sido sancionada en septiembre de este año tras repetidos reclamos y amparos judiciales como consecuencia de un recorte en ese área de alto impacto social.
Presupuesto 2026 con ambas leyes
La Libertad Avanza (LLA) cosechó este viernes en el Senado las firmas del dictamen del presupuesto 2026, a tratar el 26 de diciembre próximo, aunque sin incluir el capítulo rechazado por la Cámara de Diputados que contemplaba la derogación de las leyes de universidades y de emergencia en discapacidad. Ese día se debatirá también el proyecto de inocencia fiscal.
El presidente Javier Milei aseguró que no vetará la Ley de Presupuesto 2026, a pesar de los traspiés del oficialismo en Diputados, recinto que no le dio luz verde al capítulo que derogaba las leyes de emergencia en discapacidad y financiamiento de universidad.
No obstante, el presidente remarcó que el déficit cero es “innegociable”, por lo que las partidas presupuestarias se organizarán de manera tal que el equilibrio fiscal se respete.
“Lo que sí vamos a hacer es acomodar las partidas, lo vamos a corregir por la vía de la reasignación de gastos en el resto del presupuesto o de la reformulación de los recursos en las propias áreas", expresó Javier Milei en una entrevista con Luis Majul, luego de reafirmar que la Ley de Presupuesto no sufrirá un veto por su parte.
“Ese presupuesto está construido sobre la base del déficit cero”, continuó Milei, y señaló: “Vamos a buscar la forma, por todos los medios, de conseguir el déficit cero sin subir impuestos”.