Gualeguay.— Un jubilado de 73 años fue encontrado culpable de asesinato
intencional y condenado a 13 años de prisión por el crimen de Ariel Pasquini, el kayakista que
murió en febrero pasado al recibir un escopetazo en la espalda, en medio de una disputa de la que
era ajeno, ocurrida en un paraje isleño frente a Rosario.
Para la Cámara del Crimen de Gualeguay quedó en claro que Francisco Mateo
Alvarez —un hombre sin antecedentes penales— no tuvo voluntad de asesinar a Ariel
Pasquini. Pero sí tuvo intención de matar aunque el destinatario del escopetazo no fuera el
navegante de 31 años, sino dos hermanos de apellido Casal, con quienes Alvarez mantenía un
prolongado conflicto por la posesión de unas tierras en la isla.
"Nuestro argumento, que los jueces del tribunal reconocieron, es que Alvarez se
representó y ejecutó la idea de dar muerte. Dirigió voluntariamente su arma hacia una persona. No
sabía que era Ariel Pasquini, pero tiró a matar a un ser humano y obtuvo ese resultado", dijo ayer
a La Capital Jorge Bracesco, abogado querellante. La condena fijada tiene el rasgo particular de
que supera al pedido de la acusación: el fiscal Dardo Tortul había requerido 11 años de prisión
para el imputado.
Actualmente Alvarez cumple prisión preventiva en su domicilio en Rosario. Pero
el fallo conocido ayer dispone que cuando la sentencia quede firme deberá ser alojado en una cárcel
común. El lugar indicado es la unidad penitenciaria Nº 7 de Gualeguay. La defensa del jubilado, que
había pedido su absolución por considerar que la muerte de Pasquini fue accidental, anunció que
apelará la sentencia.
La historia. Alvarez llegó al juicio en libertad porque el juez que instruyó la
causa, tras imponerle algunas condiciones como someterse a un tratamiento psiquiátrico y
presentarse regularmente ante Prefectura Naval, consideró que no intentaría evadirse. También le
impuso una fianza de 3.500 pesos.
Ariel Pasquini tenía 31 años y era un apasionado del kayak. El 14 de febrero
pasado, junto con su novia, disfrutaba de un día de sol en un paraje a la altura del kilómetro 423
del Paraná Viejo, frente a Rosario. Cerca de las 15 de ese día se desencadenó una violenta
discusión entre Alvarez y los hermanos Leonardo y Emiliano Casal, también rosarinos y asiduos
concurrentes a esa parte de las islas entrerrianas.
El conflicto entre Alvarez y los Casal, según quedó demostrado en el expediente,
había arrancado en 2006 y se focalizó en la demarcación de los terrenos que ambos ocupaban. Los
hermanos aseguraban que Alvarez había avanzado más de medio metro sobre sus parcelas. Antes del
crimen hubo un incidente que terminó en una denuncia por presunta usurpación radicada por los Casal
en la comisaría de la localidad entrerriana de El Charigüé.
Los Casal y Alvarez discutieron. El jubilado, que compartía un asado con dos
amigos, recogió un machete y se lanzó sobre los Casal, a quienes no logró lastimar. La instrucción
del caso definió que Alvarez volvió sobre sus pasos y retrocedió hacia su bote, que estaba posado
sobre la orilla. Así empuñó una escopeta calibre 20 y regresó en busca de sus contrincantes.
De rebote. En ese momento, Pasquini se acercó para ver qué ocurría porque conocía
a los Casal. Fue entonces cuando vio venir a Alvarez avanzando con el arma de fuego mientras
quienes observaban la escena salieron corriendo.
Alvarez gatilló y un proyectil atravesó la espalda de Pasquini. El agresor fue
dominado por varias personas y entregado a efectivos de Prefectura Naval que patrullaban por el
lugar. El kayakista fue trasladado en lancha hacia la ribera rosarina y de allí fue derivado al
Hospital Clemente Alvarez, donde murió poco después.
Ayer a las 8 en la Cámara del Crimen de Gualeguay, a 180 kilómetros de Rosario,
un secretario leyó la sentencia firmada por los integrantes del tribunal —Rolando Cirigliano,
Edgardo Garibotti y Jorge Torres— condenando a 13 años a Alvarez por homicidio simple y
agresión con arma.
La defensa había planteado el carácter accidental de la muerte de Pasquini dado
que el jubilado dijo no conocer a la víctima y que no la vio al momento del hecho. Los jueces
refutaron el argumento: pusieron énfasis en que hubo propósito homicida dirigido a una persona y
que ello acarreó la muerte del kayakista.