La Cámara Penal de Rosario modificó la calificación legal y la pena impuesta sobre cuatro jóvenes que estuvieron involucrados en la pelea que terminó con el homicidio de Eugenio Guadagnoli, apuñalado en diciembre de 2013 en una panchería de Entre Ríos y San Juan. Los acusados habían sido penados con 3 años de prisión condicional como coautores de homicidio preterintencional, pero ahora los camaristas recalificaron esa conducta como lesiones leves (no le ocasionaron la muerte) y le impusieron una pena de tres meses de ejecución condicional y reglas de conducta. Como autor material del crimen ya fue condenado a 10 años de prisión otro joven.
Eugenio tenía 19 años cuando recibió dos puntazos en el pecho el domingo 1º de diciembre de 2013. Eran cerca de las 5.30 cuando caminaba junto a sus amigos hacia su domicilio, en Mendoza al 1200. Pero se trenzaron en una pelea con otro grupo que al igual que ellos habían salido de la disco Free Pass, en Rioja al 1200. La reyerta se produjo en una panchería de Entre Ríos al 1000 cuyos registros fílmicos (utilizados como prueba durante el juicio) demostraron que mientras era golpeado Eugenio recibió dos puñaladas mortales. Luego, la Justicia demostró que el autor del ataque fue el menor Luis Quevertoque, que fue declarado autor material del crimen y al cumplir la mayoría de edad condenado a 10 años de prisión.
Los otros cuatro sospechados de golpear a Guadagnoli fueron detenidos a los tres días del hecho. Se trata de Mauro Eloy Caso, de 22 años; Hernán Alejandro Sosa, de 23 años; Agustín Rodrigo Campi, de 22 años; y Mauro Ariel Delgado, de 25 años.
Sin distinción de roles y en base a los testimonios y pruebas acumuladas en el juicio, en noviembre de 2016 el juez de Sentencia Julio Kesuani los condenó a 3 años de prisión condicional como coautores de homicidio preterintencional.
Ante eso, los defensores Carolina Ocampo y Gonzalo Cuttuneo apelaron la resolución al entender que elaboró una "construcción arbitraria y contradictoria". Remarcaron que los imputados se vieron implicados en una gresca con la víctima pero que el condenado como autor del homicidio fue Quevertoque, quien provocó las heridas mortales con un elemento punzante.
Asimismo apuntalaron que los jóvenes "no tuvieron parte en la muerte", que la figura imputada es de carácter mixto y requiere elementos que no se configuraron en el caso: "Hay intención de daño por los golpes de puño, pero ello no era un medio para ocasionar la muerte". Y sostuvieron que "no hay previsibilidad en el resultado", ya que no podían saber que Quevertoque iba a extraer una navaja.
Por el lado de la Fiscalía se solicitó la confirmación del veredicto al sostener que la muerte "fue resultado de la acción de un grupo que integraban todos los imputados. Hubo una intención inicial dolosa, un daño que fue admitido por los propios imputados".
El dictamen
Tras los planteos, el Tribunal de 2ª Instancia integrado por Gustavo Salvador, Georgina Depetris y José Luis Mascali revisaron el caso y ayer emitieron un dictamen definitivo. Allí destacaron que toda la atribución hacia los acusados se centró sobre el video de la cámara de seguridad que se acopió como prueba de cargo en la que se puede ver cómo fue abordada la víctima, quiénes le pegaron y quién le asestó las dos puñaladas fatales.
Luego de enumerar el relato de testigos recuerdan que se puede observar "claramente que los imputados se acercan a la víctima y le imprimen una feroz golpiza, interviniendo todos ellos con golpes de puño en distintas partes del cuerpo".
Después describen cuando aparece Quevertoque y le asesta un puntazo en el tórax a Guadagnoli, se retira momentáneamente del lugar mientras los imputados le seguían pegando. Luego aparece nuevamente el homicida y le asesta una segunda puñalada antes de irse de la escena.
Sobre el proceso judicial y sus resultados, recuerdan la sentencia que condenó a Quevertoque. "El autor material tiene nombre y apellido, Luis Ezequiel Quevertoque, y así fue dispuesto por el juzgado de Menores y confirmado por la Cámara".
Y tras ello analizan la figura de homicidio preterintencional que le achacaron a los cuatro acusados. "En ese tipo penal se requiere que la acción comience con dolo de lesiones y que luego en forma culposa sobrevenga la muerte", aclaran.
En la interpretación del Tribunal, ese marco teórico no se impuso en el homicidio bajo estudio. "Lo que se configura es la presencia de un dolo homicida en cabeza del menor condenado, y una intensión lesiva de los demás intervinientes". Descartan entonces que la muerte haya sido como consecuencia de esas lesiones.
"Aquí no ocurrió nada de eso, porque al dolo de lesiones por parte de los acusados mayores le sigue el dolo de matar del menor. De ninguna manera podemos aceptar que haya habido culpa de los imputados en el deceso", concluyen.