El policía Marcelo Galmarini salió en su propio a auto a buscar al ex novio de su hija para
increparlo y exigirle que dejara de molestar a la chica. El joven, que en ese momento tenía 16
años, iba en moto con su hermano mayor, Pablo Antonio Espíndola, Rusito como lo decían en el
barrio. En Uruguay y Magallanes, el efectivo de la Patrulla Urbana les cerró el paso con su
vehículo. La discusión comenzó fuerte y terminó mucho peor. El uniformado desenfundó su arma
reglamentaria, le asestó un culatazo en la cabeza a Espíndola y después lo fusiló con un tiro en la
frente.
“Mataste a mi hermano”, le gritó entonces el otro chico, a
lo que el policía le respondió: “Tomátelas porque a vos también te voy a pegar un
tiro”. En base a esa reconstrucción, la jueza Alejandra Rodenas dictó el procesamiento del
efectivo policial por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. Si esa acusación
quedara firme y Galmarini fuera declarado culpable en el trámite del juicio recibiría una pena de
prisión de 10 a 25 años.
La magistrada elaboró su dictamen en base a los dichos coincidentes y
“concatenados” de doce testigos, entre ellos el hermano de la víctima, que vieron al
agente no sólo discutir con el joven sino también descerrajarle un balazo a corta distancia y a
quemarropa. También tuvo en cuenta las pericias balísticas practicadas al arma del suboficial y al
casquillo levantado en el lugar del episodio, que pertenecía a la bala que mató al muchacho.
Estupor barrial. El crimen del Rusito Espíndola causó conmoción en el populoso
barrio Fonavi de Seguí y Rouillón. Ante lo que para muchos fue un asesinato a sangre fría, vecinos
y allegados al muchacho se movilizaron en reclamo de justicia y para denunciar maniobras de
protección que habría recibido el imputado por parte de sus compañeros de fuerza.
Ocurrió el 24 de mayo de 2007, a las 12.30 del mediodía, ante un montón
de personas. El proyectil que salió de la pistola Hi Power reglamentaria de Galmarini destruyó la
masa encefálica de Espíndola, quien al día siguiente falleció en el Hospital de Emergencias. Los
padres del joven decidieron su momento donar los órganos.
Durante la etapa de instrucción de la causa judicial se estableció en
grado de probabilidad que Galmarini, quien hasta el momento no abrió la boca en Tribunales, estaba
sumamente molesto por la relación que su hija adolescente tenía con Gustavo, hermano menor del
Rusito. De hecho, ese noviazgo había terminado, pero al parecer el chico quería retomarlo. Aquel
día Gustavo y la chica se cruzaron y las versiones se bifurcan.
Según consta en el expediente, el adolescente le propuso a la chica
seguir juntos “a escondidas”, propuesta que la piba descartó “porque sus padres
se enterarían igual”. Por el lado de la joven se dijo que Gustavo la habría agredido
físicamente cuando ella lo rechazó. Lo que sí se probó hasta el momento fue que el papá de la
adolescente salió a buscar al muchacho en su auto particular por distintas calles del Fonavi.
También que vestía uniforme reglamentario. A esa hora, Gustavo iba en moto con Rusito al mando.
El encuentro fue en Uruguay al 5.900. El policía cruzó su vehículo para
forzar la detención de la moto y descendió para increpar a los jóvenes. Uno de los testigos citados
por la jueza en su resolución, describió la escena. “¿Por qué no dejás de molestar a mi
hermano”? le preguntó Rusito, a lo que el policía respondió: “Porque él no la deja
tranquila a Micaela”. Así comenzó un forcejeo con Galmarini esgrimiendo su arma y aplicándole
un culatazo en la cabeza al muchacho, quien alcanzó a lanzar una piña. “Ambos se
desestabilizaron y cuando se repusieron nuevamente, y estando uno en frente del otro, el policía le
apuntó a la cabeza y le pegó un tiro”, concluyó.
El antecedente. En febrero de 2001, el cabo Galmarini fue acusado junto a otro
policía de la ejecución de dos hombres en Circunvalación y Uriburu. Resultó procesado por los
homicidios de Esteban Cabral y Rubén Ortega por la jueza María Luisa Pérez Vara. Pero el juez de
Sentencia Nº 1, José María Casas, consideró que ambos actuaron en cumplimiento del deber y legítima
defensa y los absolvió.