Elevan penas a policías de Firmat por aplicación de torturas a un detenido

El hecho ocurrió en 2013 tras un arresto irregular. Seis oficiales que en primera instancia recibieron penas leves por apremios ilegales irán 8 años tras las rejas
30 de junio 2017 · 00:00hs

Seis policías que habían sido condenados con penas leves por apremios ilegales contra un joven al que detuvieron ilegítimamente en una comisaría de Firmat en junio de 2013, deberán cumplir condena efectiva a 8 años de prisión por el delito de "imposición de torturas" y fueron inhabilitados a perpetuidad para ejercer cargos públicos, luego de que un Tribunal de segunda instancia revisara el caso. La víctima, según denunció, fue desnudada en un patio de la seccional, mojada y sometida a golpes y tormentos que incluyeron el paso de energía eléctrica con una picana rudimentaria.

"Es tan alarmante como inexplicable, ya que los hechos ocurrieron a manos de funcionarios policiales al servicio de una comunidad que transita desde hace más de 30 años un continuo proceso democrático bajo el amparo del sistema protector de derechos y garantías fijados por la Constitución Nacional". El párrafo corresponde a un tramo de la argumentación del juez de la Cámara Penal de Rosario, Alfredo Ivaldi Artacho, a cargo del primer voto de una resolución judicial que cerró la revisión de un caso gravísimo ocurrido hace cuatro años.

El brutal episodio involucra a los policías Jorge Sotelo, Matías Bustos, Walter Aguiar, Alejandro Coppeti, Juan José Zanel y al comisario Edgardo Raúl Alé, quienes cumplían funciones en la seccional 13ª de la ciudad de Firmat correspondiente a la Unidad Regional VIII.

Atrocidades

En 2015 un juez de Sentencia de Melincué condenó a Busto, Copetti, Aguiar y Zanel a 3 años y 3 meses de prisión, y a 6 años y medio de inhabilitación para ejercer el empleo público como coautores del delito de apremios ilegales agravados. A Sotelo le impusieron 3 años y medio de prisión y 7 de inhabilitación para cumplir cargos públicos por el mismo delito, y falsedad ideológica de instrumento público. El comisario Alé, en tanto, fue sentenciado a cumplir 4 años de prisión y 8 años de inhabilitación para ejercer el empleo público como coautor de apremios ilegales agravados y partícipe necesario del delito de falsedad ideológica de instrumento público.

El hecho que los llevó al banquillo de los acusados ocurrió el sábado 29 de junio de 2013. Ese día Alexis Alejandro Meyer fue detenido en la calle por los agentes Busto y Aguiar, que lo trasladaron a la dependencia policial bajo supuesta "averiguación de antecedentes". En el patio de la comisaría lo obligaron a desnudarse, se turnaron para golpearlo una y otra vez, lo hicieron parar sobre una rejilla, y lo mojaron con una manguera que también le colocaron en la boca, lo cual le provocó vómitos.

Eso no fue todo. Con un palo de escoba que tenía atado un cable pelado y utilizaron a modo de picana, le pasaron corriente desde los pies, mientras lo amenzaban de muerte, y de introducirle el palo en el ano. El objetivo de trato cruel e inhumano era que confesara los nombres de personas sospechadas de robar placas en el cementerio de la ciudad. Tras quedar solo con uno de los policías, Meyer logró escapar por la calle completamente desnudo y fue socorrido por un vecino.

Además, dos de los policías involucrados fueron acusados de labrar un acta falsa que asentaron en el libreo de guardia, justificado que la detención ilegal de Meyer procedía por averiguación de antecedentes.

Recalificación

Luego de la primera condena contra los imputados, la Fiscalía de Cámaras y la querella apelaron la sentencia. Pidieron entre 20 y 22 años de prisión y la recalificación de la causa por "torturas", un delito grave que contempla trato cruel físico y psicológico con penas más altas (8 a 25 años de prisión), por encima del máximo de 6 años contemplados para apremios ilegales.

El legajo con la apelación llegó para revisión de los jueces Alfredo Ivaldi Artacho, Carina Lurati y Daniel Acosta, que integraron el Tribunal pluripersonal de la Cámara Penal de Apelación. En ese marco, hace pocos días se dio a conocer la resolución de los magistrados. En el primer voto, Ivaldi Artacho resalta que los sucesos "configuran muy graves conductas delictivas emprendidas en conjunto por múltiples funcionarios estatales contra un detenido capturado ilegalmente, aislado, obligado a desnudarse en su totalidad, indefenso y a disposición del grupo policial", lo cual fue acreditado plenamente en el juicio.

Para argumentar el cambio de calificación de apremios ilegales a imposición de torturas, dice el fallo que se trata de "delicadas conductas que acumulativamente cuentan con suficiente idoneidad para causar sufrimientos psíquicos de magnitud en la víctima".

Para el Tribunal, esa situación quedó comprobada por la conducta de la propia víctima, que huyó "aterrado y completamente desnudo" del patio donde sucedía todo, saltando subrepticiamente tapiales linderos hasta caer en la casa de una vecina; de "precisas y puntales declaraciones brindadas por ciertos testigos claves en este proceso", además de las pericias médicas y psicológicas.

Por otra parte, todos los condenados fueron señalados por Meyer en rueda de personas y algunos incluso previamente sindicados por datos identificatorios. Tras el análisis del expediente, los jueces dieron por probada la falsedad de la detención, y el accionar "violento, intimidatorio, cruel y vejatorio" de los policías.

Con ese vuelco sustancial en la interpretación del hecho, el extremo relativo al monto de la pena y la agravación de la calificación legal, el Tribunal decidió la modificación del encuadre legal sin necesidad de un nuevo juicio (citan doctrina de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe), lo cual además —refieren— "conduce a acelerar el avance del proceso hacia un pronunciamiento que resuelva el caso.

Con el voto coincidente de los jueces Acosta y Lurati, el fallo finalmente impuso condenas. Alé fue declarado coautor de privación abusiva de la libertad e imposición de torturas y falsedad ideológica de instrumento público agravada, y resultó condenado a 8 años y medio de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Sotelo, Aguiar, Busto, Copetti y Zanel recibieron ocho años de prisión e inhabilitación perpetua, también como coautores coautores de privación abusiva de la libertad e imposición de torturas en concurso real.

el lugar. La seccional 13ª de Firmat fue inaugurada en 2010 y tres años después escenario del brutal suceso.

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