El decreto firmado por el gobernador Omar Perotti, que establece las nuevas medidas preventivas para reducir los contagios de coronavirus, revela que, tras la reunión que mantuvo el mandatario provincial con el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se cambió la calificación de los departamentos de Rosario y San Lorenzo y pasaron de ser declarados de “alto riesgo epidemiológico y sanitario”.
Asimismo, señala que “en el marco descrito es factible volver a habilitar las clases presenciales en el nivel inicial y primario” en ambos distritos, entre el 10 y el 21 de mayo inclusive, no así en la educación secundaria, que mantendrá la modalidad actual.
Aclara que “se mantiene exceptuada de la suspensión de clases presenciales, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias, y, asimismo, se deberán arbitrar los medios para cumplir con los apoyos y el acompañamiento educativo de los y las estudiantes con discapacidad”.
El texto aclara que “correlativamente a la vuelta de clases presenciales en algunos departamentos, y su mantenimiento en otros, corresponde ampliar las restricciones oportunamente dispuestas”.
Actividad deportiva: En ese sentido, dspone la supesnción “hasta el 21 de mayo de 2021 inclusive, en los departamentos Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, General López, lriondo, La Capital, Las Colonias, Rosario, San Cristóbal, San Jerónimo, San Justo, San Lorenzo y San Martín, el funcionamiento de clubes, gimnasios y las canchas de fútbol 5.
El decreto detalla que “no queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad deportiva en modalidad entrenamiento”.
Actividad religiosa: La realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos en lugares cerrados también quedaron suspendidas en el mismo periodo de tiempo.
En cuanto al fortalecimiento del sistema sanitario, indispensable para evitar que colapsen las terapias intensivas en la provincia, apunta que “se ha solicitado a las autoridades nacionales la remisión de respiradores a los fines de reforzar la disponibilidad de camas críticas; habiéndose recibido una primera tanda que ya han sido destinadas a hospitales públicos y encontrándose en curso y a la espera en los próximos días, conforme lo articulado con el gobierno nacional, de una segunda provisión”.
Recuerda además que del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 287/21 del presidente Alberto Fernández faculta a los gobiernos provinciales a tomar medidas para la contención de los contagios de Covid-19, en función de la “verificación de determinados parámetros epidemiológicos, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 para prevenir y contener su impacto sanitario”.