Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados por el socialismo para reformar la ley 10.000, conocida como ley de intereses difusos, pone en alerta a integrantes de la sociedad que de alguna manera intentan defender sus derechos y reclaman ante el Estado.
La iniciativa impulsada anula el sistema de la ley mencionada que se basa en la posibilidad de que todo ciudadano u organización pueda impugnar las decisiones, actos u omisiones administrativas del Estado en todos sus niveles (provincial, municipal, comunal). Entre otros, vecinos que defienden el derecho a la salud y a un ambiente sano, organizaciones proteccionistas y organismos de derechos humanos.
La idea, que resuena en los claustros académicos como una afrenta del Estado contra la sociedad civil, acaba de tener dictamen favorable en la Comisión de Derechos y Garantías de la Cámara baja y ahora pasará a Asuntos Constitucionales para luego bajar a debate en el recinto. Lleva la firma del ex gobernador y actual diputado provincial, Antonio Bonfatti, entre otros. Esta iniciativa fue interpretada desde algunos sectores como una forma sigilosa de "cerrar el grifo" de los reclamos en materia de intereses difusos ante el Estado.
Entre otras razones de oposición se objeta que, a través de la modificación del articulado de la ley, se pretende limitar la capacidad de la sociedad civil para peticionar y protestar contra el gobierno de turno.
Para el especialista en derecho ambiental e integrante de la asociación civil Capibará, Naturaleza, Derecho y Sociedad, Rafael Colombo, "en el proyecto se incluyen conceptos como «cometido público» o «salud pública», expresiones totalmente ambiguas que, a diferencia de lo que sucede con el principio de prevención o precautorio en materia ambiental —que rige en la ley que se pretende modificar—, puede llegar a fundamentar que la autoridad decida mantener la medida que se cuestiona en el ámbito administrativo".
"En virtud de estas dos expresiones extremadamente genéricas y ambiguas, un juez puede entender, por ejemplo, que una antena de telefonía celular puede seguir instalándose, sin determinar el cese del acto administrativo que se impugna. Esto es grave porque estamos hablando de consumo, de medio ambiente y de política pública en general que afecta intereses difusos", ejemplificó Cel profesional en consonancia con otras manifestaciones de tono similar expresadas por los dirigentes del Centro de Protección a la Naturaleza (Cepronat) y de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (Farn).
Confusión. En los fundamentos del proyecto, explícitamente se expresa que uno de los principales problemas que intentan solucionar es "la confusión entre interés simple o legítimo y el interés difuso". Una complicación que no tiene ningún tipo de relevamiento desde lo jurisprudencial y que tampoco se fundamenta en el proyecto, se explicó.
"No hay cita de fallo jurisprudencial, desde el 86 a la fecha, con lo cual demuestren que hubo ambigüedad alguna o intención de utilizar un caso de interés simple enmascarándolo bajo la figura de interés difuso. Por eso decimos que no hay fundamentos ni jurisprudencia que avale esa idea. Esto es llamativo y problemático porque incluso en la provincia hay dos grandes libros que recopilan toda la jurisprudencia sobre intereses difusos, desde el fallo de la Corte Suprema de la Federación de Cooperadoras Escolares hasta ahora", esgrimió Colombo.
Otra cuestión es que, según se desprende del borrador que analizan las comisiones, se le asigna competencia a la Justicia contencioso administrativa. Esto significa que se concentraría solamente a los dos conglomerados urbanos más importantes de la provincia además de otorgar operatividad a un sector de la Justicia que históricamente tuvo una especie de apadrinamiento de los reclamos en favor del Estado. "La visión que tiene la Justicia contencioso administrativa de alguna forma es similar a la de las fiscalías de Estado y defienden sus intereses. Es la que está especializada en los actos administrativos y, de alguna manera tiene diálogo y reciprocidad con el poder Ejecutivo y administrador que les genera cierta sintonía. Por eso no es la jurisdicción más idónea para un reclamo que emana de la sociedad civil", explicó Colombo.
Retroceso. El problema que presentan las limitaciones que impondría este proyecto al menos merece más difusión para que lo evalúen y consideren los ciudadanos en toda su dimensión porque significa un claro retroceso y profundiza la escisión entre el Estado y la sociedad. "En pocas palabras el subtexto explícito en los fundamentos persigue el fin de cerrar una canilla histórica que permite la ley 10.000 para reclamar como vía más idónea, en comparación con una acción de amparo", dijo.
La situación es más grave aún si se tiene en cuenta que en Santa Fe no hay una cultura de receptividad de los amparos tan instalada como en otros lugares como, por ejemplo, en Capital Federal. "Acá presentan un amparo y los jueces preguntan si no hay una vía más idónea. No hay una arbitrariedad manifiesta, como dice la Constitución Nacional, a las leyes que regulan el amparo y por lo tanto lo rechazan en el inicio del proceso judicial. Por otra parte, el recurso contencioso administrativo sumario de protección de intereses difusos conforma una herramienta que históricamente tuvo cercanía con los reclamos de la sociedad ante el Estado que no tiene precedentes por lo menos en la Argentina", dijo el integrante de Capibara.
La plataforma de modificación a la ley 10.000 es ahora evaluada por especialistas en derecho ambiental y administrativo, lo que a posteriori, generaría oposición a la limitación de un instrumento histórico por el cual Santa Fe fue reconocida a nivel nacional y colocó a la provincia a la vanguardia legislativa durante muchos años.
Siete llaves. En los pasillos de la Cámara baja se habla muy poco del proyecto. Para muchos es un documento que, en caso de aprobarse, resultaría altamente funcional a fines jurídico-políticos del gobierno de turno y de los que vendrán, en virtud de soslayar los reclamos que se enmarcan bajo esta norma.
"Por el momento el proyecto está guardado bajo siete llaves", apuntó a La Capital un periodista legislativo, y acotó que "pretenden evitar que se conozcan los objetivos para no cargar sobre sus espaldas el alto costo político que eso ocasionaría".