Ni bien el conductor descendió del vehículo para abrir la bodega, fue reducido por el supuesto pasajero y los tres acompañantes, quienes a punta de pistolas tomaron el control del minibus para apropiarse de los equipajes. No obstante, ni bien lograron adueñarse del botín, fueron levantados por una camioneta y escaparon.
Por su parte, los integrantes de la Sala II del tribunal de alzada, Gerardo Muñoz, Oscar Puccinelli y María de los Milagros Lotti, señalaron que el transportista tiene "el deber de trasladar a la persona sana y salva al lugar convenido", y agregaron que "esa responsabilidad es objetiva y existe independientemente de la culpa del empresario transportador".
En primera instancia, el juez Carlos Cadierno sostuvo que "el transportista no adoptó las medidas de seguridad a su alcance".
El pasajero que planteó la demanda por daños y perjuicios se dirigía al aeropuerto internacional de Ezeiza para un viaje a Australia. Y ahora, la empresa "Manuel Tienda León" deberá pagarle entre capital e intereses cerca de 120 mil pesos.