La familia de Débora Gianángelo, una de las 22 víctimas de la explosión de gas de calle Salta 2141, decidió pedir que la Corte Interamericana de Derechos Humanos revise la causa penal que tuvo una sola condena, la del gasista que manipuló las instalaciones ese fatal 6 de agosto, y diez absoluciones.
"La vida de mi hermana no tiene precio. La justicia falló al absolver a los culpables, negándonos cualquier sentido de paz y justicia", sostuvo Adrián Gianángelo, hermano de Débora, horas antes de conmemorarse el 11ª aniversario de la peor tragedia que vivió la ciudad, marco en el cual se inauguró parcialmente un memorial. De esa forma, anticipó que presentaron el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Este Tribunal internacional fue creado por la Convención Americana sobre Derechos Humanos para defender y promover los derechos y libertades fundamentales. El Tribunal resuelve reclamaciones por violaciones de los derechos humanos por parte de los gobiernos y emite opiniones consultivas sobre la interpretación de determinadas cuestiones jurídicas.
En uno de sus fallos más recientes, condenó a la Argentina por su responsabilidad en el caso del atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA). Por unanimidad, declaró al Estado Argentino responsable de no haber adoptado medidas razonables para prevenir el ataque, ocurrido el 18 de julio de 1994, de no haber cumplido con su deber de investigarlo y de haber participado de su encubrimiento.
Los Gianángelo son los únicos familiares que siguen adelante con la causa penal que cuestionan por "imparcial". La presentación del caso ante la Corte interamericana se anunció al mismo tiempo en que el gobierno provincial inauguró un memorial en homenaje a las 22 personas que fallecieron y a los damnificados de la explosión; un espacio de educación y cultura, en el mismo lugar donde hasta hace once años se levantaban dos torres de departamentos.
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Un largo camino
El juicio por las responsabilidades penales de la explosión de gas que redujo a escombros dos torres del edificio de calle Salta 2141, dejando 22 muertos y 62 heridos, comenzó a tramitarse en los tribunales provinciales a mediados de 2019. Después de dos semanas de audiencias, los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zavala y Carlos Leiva condenaron a cuatro años de prisión a Carlos García, el gasista contratado para cambiar el regulador de gas en el edificio el día que se produjo el siniestro.
En su sentencia, los jueves absolvieron por insuficiencia probatoria a otros diez imputados: el gasista que había hecho un trabajo previo en la torre, José Luis Allala; los responsables de la administración del edificio, Norma Bauer, Mariela Calvillo y Carlos Repupilli; tres operarios de Litoral Gas que atendieron los reclamos del consorcio, Guillermo Oller, Luis Curaba y Gerardo Bolaño; el jefe de mantenimiento de redes de la empresa, Claudio Tonucci; la gerenta técnica de la concesionaria, Viviana Leegstra; y el ayudante de García, Pablo Miño.
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El fallo fue apelado en la cámara, donde los jueces José Luis Mascali, Carina Lurati y Carlos Carbone confirmaron la resolución del primer tribunal. Finalmente, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia provincial, que aprobó lo actuado por los magistrados con el voto en disidencia de la ministra María Angélica Gastaldi quien admitió la queja de forma parcial, respecto de revisar la conducta de los dos inspectores que concurrieron a Salta 2141 el 27 de julio y reconectaron el servicio.
Pero el reclamo de la familia Gianángelo siguió adelante. En marzo de 2022, presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación pidiéndole que revise el caso. El argumento es que la fuga de gas se desató por un escenario anterior negligente de la empresa Litoral Gas, que días previos al hecho realizó inspecciones, pero no certificó la inoperabilidad de una válvula de bloqueo que colapsó cuando el gasista García la manipuló el 6 de agosto de 2013.
Los hechos que se cuestionan se relacionan con las inspecciones previas que había realizado la prestadora del servicio de gas en el edificio que, según consideran, “dejó la válvula de bloqueo manualmente inoperable por su dureza y reconectó el servicio de gas”. En este punto, señalan que los jueces “realizaron un análisis sesgado y parcializado de la prueba al tomar como decisiva la manifestación de peritos que señalaron como “una posibilidad, que la válvula se encontraba dura por la exposición al incendio”.
Pero, en septiembre de 2023, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el planteo, dejando firme la sentencia que condenó a cuatro años de prisión a Carlos García.
La familia ahora recurrirá al tribunal internacional.