En prisión domiciliaria, Yamila espera que la Justicia se expida sobre lo sucedido en marzo de 2012, cuando sufrió una fuerte hemorragia que le produjo un parto espontáneo en el baño de su casa. La joven, que por entonces tenía 19 años y una nena de 14 meses, sintió en medio de una fuerte descompostura que el bebé cayó al suelo —con placenta y todo—, lo creyó muerto, lo envolvió, y se desmayó. Primero fue acusada de homicidio agravado por el vínculo, un trámite por el que pasó 9 meses presa y durante más de un año no pudo ver a su hija, hasta que dictaminaron falta de mérito. Pero la causa continuó y ahora, acusada de abandono de persona seguido de muerte, la Justicia debe decidir sobre los 18 años de prisión que la fiscalía pide para la joven.
Una decena de organizaciones nucleadas en la Multisectorial de Mujeres Rosario se movilizó ayer en la puerta de Tribunales reclamando "libertad y justicia" para la joven, mientras que sus abogadas no sólo basaron su pedido de absolución desde el punto de vista técnico, sino que ayer insistieron en que "el reproche que a lo largo del proceso le hacen a Yamila no es de culpabilidad como debe ser en una causa penal, sino que son morales y le cuestionan que no responde al modelo de buena madre que debería haberle salvado la vida".
En 2012, Yamila tenía 19 años, una hija de poco más de un año y estaba embarazada de una pareja que la maltrataba y amenazaba. Decidió separarse y sin decir nada de su embarazo, volvió a la casa de sus padres. Fue en el baño de esa vivienda donde la joven sufrió una fuerte descompostura y tras vomitar reiteradas veces, tuvo un parto espontáneo y una hemorragia.
Los recuerdos que tiene de esa noche son parciales. El bebé cayó al piso —después la autopsia determinó que fue justamente el golpe lo que causó la muerte y no hubo asfixia ni hipotermia—, la adolescente lo vio y ante el shock que le provocó la situación, atinó a envolverlo y dejarlo entre la ropa acumulada en el lavarropas, y se desmayó. Horas más tarde, su papá la llevó al sanatorio de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) donde los mismos médicos comenzaron a preguntarle qué había hecho y qué había tomado.
La causa. El expediente, que se tramita bajo el viejo sistema procesal penal, tuvo un largo derrotero. Primero, Yamila fue acusada de homicidio agravado por el vínculo, pero un dictamen de una junta interdisciplinaria de la provincia estableció que en el momento del hecho la joven padecía un trastorno mental transitorio y en eso fundamentó en marzo de 2013 el juez Javier Beltramone su decisión de dictar la falta de mérito.
Sin embargo, al año siguiente, la sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal pidió que se profundice la investigación y fue en mayo pasado que la jueza de Instrucción Nº 8 Delia Paleari, consideró que la chica incurrió en el delito "de comisión por omisión". La figura cambió a abandono de persona seguido de muerte, y se ordenó la prisión domiciliaria de la joven.
Así, Yamila está con prisión domiciliaria desde hace casi un año en la casa de sus padres, siendo además ella el sostén de su hija que ahora tiene cinco años, y espera la definición de la causa que está en etapa de sentencia.
En las últimas semanas se sumó al expediente una presentación del Consejo Nacional de las Mujeres que, como organismo dio a conocer la opinión de especialistas sobre el caso de Yamila, y donde deja claramente explicitado que "haber sometido a la mujer a un proceso penal de cuatro años y nueve meses de cárcel efectiva, más un año de arresto domiciliario, es una manifestación de discriminación de género".
La defensa. Las abogadas defensoras, Juliana Tagliatti, Ingrid Plessen y María Noel Severo, reclaman a la jueza Marisol Usandizaga la absolución de Yamila, planteando no sólo los argumentos técnicos, sino dejando asentado "un planteo de perspectiva de género porque hay prejuicios a lo largo de todo el proceso judicial que tienen que tenerse en cuenta a la hora de la sentencia".
En ese punto, y mientras la fiscalía pide para la joven 18 años de prisión acusándola de no haber evitado la muerte de su hijo recién nacido vivo, María Noel Severo afirmó que "en todos los fundamentos que tuvo el Estado a través de la Fiscalía a lo largo del proceso no hay un reproche de culpabilidad como debe haber en una causa penal, sino reproches morales, de haber respondido al modelo de buena madre, de no haber priorizado la vida del recién nacido por sobre la de ella, y de no haberlo salvado".