Uruguay se transformó en el primer país de Latinoamérica en legalizar la eutanasia, aprobando la ley de Muerte Digna. Así, el país sudamericano se suma a una corta lista de naciones que sancionaron la norma y generó debate en otros, como en Argentina.
Países Bajos, Canadá, Nueva Zelanda, España y algunas regiones de Suiza, son los lugares que precedieron a Uruguay, primera con una legislación en el sur de América. En otros países de habla hispana que hubo experiencias en Colombia y Ecuador con despenalización de la eutanasia en casos puntuales y con fallos judiciales mediante.
La discusión por una ley de eutanasia no es nueva, aunque no está en las charlas de café o sobremesa, ronda o emerge cuando toca de cerca. Es cierto que Argentina tiene otros debates por dar, sin embargo, la cercanía con Uruguay pone en agenda el tema. ¿Por qué Argentina no tiene esta ley? ¿Debería tenerla? ¿Qué falta? ¿Hace falta?
El modelo, explicó Canet, es el mismo que se aplica hace 20 años en otros países como Países Bajos “y requiere que la persona esté padeciendo una enfermedad terminal irreversible o que le provoque un sufrimiento insoportable”. Sobre este último punto se detuvo y marcó que es un “concepto subjetivo”.
En cuanto al accionar médico, Canet señaló el paciente debe manifestar su deceso de aplicar la ley al profesional de la salud, que tiene que evaluar si cumple con lo solicitado por la Ley de Muerte Digna. Además, “debe chequearlo con otro médico independiente” para luego, por decisión “del paciente psíquicamente apto pasar a la ejecución, es decir, la eutanasia”.
Canet celebró el debate en la sociedad uruguaya sobre el tema y recordó cuando en años atrás estuvieron a punto de aprobarla debido al caso de Fernando Sureda, exfutbolista uruguayo y paciente con Esclerosis lateral amiotrófica (ELA), que militó por la eutanasia y finalmente falleció en 2020.
La norma también da la posibilidad de dejar asentado, mediante la justicia, su deseo de no prolongar su vida, evitar tratamientos puntuales o el retiro de soporte vital: “Eso se llama directivas anticipadas y en Argentina está permitido mediante una ley de similar nombre. Sin embargo, en el país no se puede pedir la intervención activa de un médico para provocar la muerte del paciente, está prohibido, y es lo que acaba de permitirse en Uruguay”.
“Algunos autores hablan de eutanasia activa (con intervención del médico) y eutanasia pasiva (sin intervención). Nosotros hablamos de muerte digna para el derecho a rechazar el tratamiento médico y de eutanasia para el derecho a pedir la intervención del médico para terminar con la vida”, agregó la abogada y dejó una reflexión: “Cuando es tan grave el deterioro de la calidad de vida, la pregunta es si se trata de una vida que merece ser vivida, ¿hasta dónde una vida es digna? Nadie va a obligar a otro a morir o a pedir la eutanasia, pero que esté disponible el derecho a hacerlo a mí me parece positivo”.
La abogada recordó la existencia de otros proyectos para debatir la eutanasia en Argentina, pero no llegaron a aprobarse e instó al debate social, filosófico y político sobre el tema.
Embed - URUGUAY APROBÓ LA LEY DE EUTANASIA Y "MUERTE DIGNA" - JULIA CANET
Eutanasia: por qué no
La presidenta del Instituto de Bioética de Rosario, María Alejandra Pasquet, planteó en LT8 sus reparos contra la ley de eutanasia apoyando su mirada en “la defensa incondicional de la vida humana hasta la muerte natural”.
Pasquet remarcó que Argentina cuenta con las herramientas legales para “proteger la dignidad del paciente terminal” y, al igual que Canet, mencionó la ley 26.742, “una ley que regula el final de la vida y garantiza el derecho de aceptar o rechazar tratamientos”.
“En este caso es un acto ético, que permite retirar tratamientos que son inútiles o que generan más encarnizamiento por parte de la medicina, que solo prolongan artificialmente el padecimiento”, completó Pasquet.
Respetando la “naturaleza de la enfermedad” y la decisión del paciente a no seguir con “sufrimientos que llegan de la ciencia de la salud”, la integrante del instituto de Bioética de Rosario dijo que la eutanasia activa “está en contra de la ética y consiste en causar la muerte, con procedimientos que van en contra del valor incondicional de la vida humana”.
Pasquet, quien también es abogada, se manifestó en contra de la eutanasia y lo hizo defendiendo “el derecho a la vida desde su concepción hasta su finalización natural porque entendemos que es algo que no se puede manipular”. En este sentido, recordó que en Argentina sigue penalizado y se considera “un homicidio”.
En sus conceptos, la abogada apostó por la “analgesia”, es decir, tratamientos que “no pongan en riesgo a personas vulnerables” y “se termine induciendo a una persona que, al estar vulnerable, no puede decidir”.
Sobre el final, Pasquet planteó la posibilidad de que existan “excesos” en caso donde se aplicó la eutanasia y concluyó: “No estamos preparados para dar esa asistencia de eutanasia. Deberíamos mejorar la aplicación de la ley que tenemos”.
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Uruguay tiene su ley
El proyecto fue impulsado en 2020 por el exdiputado del Partido Colorado Ope Pasquet. Obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados en junio de este año, con 64 votos a favor y 29 en contra. Finalmente, este miércoles fue aprobado de manera definitiva en la Cámara Alta.
La Ley de Muerta Digna uruguaya reconoce el "derecho a transcurrir dignamente el proceso de morir”. En ese sentido, despenaliza la eutanasia en personas mayores de edad, psíquicamente aptas, que atraviesen enfermedades incurables e irreversibles, o sufran dolores insoportables y un deterioro progresivo de su calidad de vida. Pueden solicitar este procedimiento los ciudadanos uruguayos y los extranjeros con residencia habitual comprobada.
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En particular, la ley de eutanasia aprobada en Uruguay exige la valoración de dos médicos. En caso de discrepancias entre ambos profesionales, intervendrá una junta médica.
Podrán ofrecer el servicio las mutualistas, la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), los seguros privados, Sanidad Militar y Policial y el Hospital de Clínicas. En cambio, las clínicas privadas no estarán habilitadas.
La muerte producida por esta vía será considerada natural a efectos legales, y todos los casos deberán reportarse ante una comisión de revisión anual.