La pregunta que surge al conocerse accidentes de esta naturaleza es quién debe hacerse cargo de los terribles daños derivados del accionar de un menor.

La pregunta que surge al conocerse accidentes de esta naturaleza es quién debe hacerse cargo de los terribles daños derivados del accionar de un menor.
Abogados y aseguradoras dicen que frente a una tragedia de esta índole la responsabilidad recae sobre el dueño del vehículo (en este caso, la madre del menor) y la compañía de seguro del automóvil.
"El menor es inimputable y sobre él no recae responsabilidad sino sobre la titular y el seguro", dijo ayer la abogada de la línea de colectivos 266, Sandra García.
De todas maneras, hay situaciones dadas que inciden. La teoría de las compañías es que un menor al volante "no tiene cobertura", por lo tanto el titular registral del vehículo debe responder por la totalidad del siniestro.
También acotan que la conducta temeraria y dolosa del conductor corre en contra del particular dueño del automóvil, como en este caso en que parece estar probado que la máquina era conducida a más de 100 kilómetros por hora.
Es improbable que "el dolo" pueda resultar amparado por un contrato de cobertura que se ejecuta de buena fe entre un cliente y una aseguradora. Por lo tanto, es muy factible que la compañía ponga todo su empeño para eludir hacer frente a la responsabilidad. Otro agravante para el particular.
Ayer la fiscal actuante, Cristina Luzuriaga, pidió como medida de coerción alternativa el arresto domiciliario del joven, hasta tanto la Justicia evalúe la situación socio-familiar del chico, medida que fue acatada por la magistrada Nora Guendler.
Sobre el castigo para el chico, la fiscal comentó: "Es un límite para que pueda comprender su accionar. Así nos aseguramos de que cuente con elementos que le permitan reencauzar su vida. La intención es que no tenga impulsos que terminan tan trágicamente".


