La disconformidad de jubilados que se ven obligados a retirar sus haberes inferiores a 7 mil pesos a través de cajeros automáticos, especialmente en las sucursales del Nuevo Banco de Santa Fe (NBSF), derivó en la presentación de un proyecto que fue aprobado sobre tablas en Diputados para pedir al Ejecutivo provincial que interceda para garantizar el pago de las jubilaciones por medio de ventanilla.
La iniciativa impulsada por la legisladora provincial y vecina de Chabás, Miriam Cinalli, apunta al cumplimento de derechos que tienen los jubilados y pensionados contemplados dentro de “las normas que establece el Banco Central de la República Argentina, referida a la protección de los usuarios de servicios financieros”.
“En caso de solicitarlo tienen derecho a ser atendidos por un cajero en ventanilla y cobrar sus haberes sin restricciones de monto mínimo”, resaltó Cinalli, quien ayer tuvo un encuentro en Rosario con representantes del NBSF para tratar el tema en cuestión.
El problema ya había sido advertido por la Defensoría del Pueblo de la provincia que instó a los usuarios a hacer valer sus derechos y, de no ser satisfecho, recurrir al libro de quejas de la entidad bancaria para luego presentarse con una copia del reclamo para actuar en consecuencia.
Además el organismo sostuvo que “no garantizar el acceso a la línea de cajas constituye una práctica discriminatoria hacia los que por su formación, posición económica, edad, condición social o capacidades restringidas les resulta complejo operar por otros medios, tornándose en muchos casos un servicio inaccesible”.
Cinalli resaltó que su pedido busca “evitar que los abuelos tengan que hacer semejante trámite para acceder a un buen servicio pudiendo cobrar por ventanilla sin la necesidad de presentar reclamos, pedir un libro de quejas y remitir notas a la Defensoría. El Banco Central de la Argentina en su comunicación A 5460 referida a la protección de los usuarios de servicios financieros, consigna que tienen derecho a ser atendidos por un cajero en ventanilla sin restricciones de operaciones ni de monto, encontrándose prohibido percibir sumas por ello”.