Sobre la carta "Moralmente inadmisible", del 8 de junio, la comisión de la Sociedad de Oftalmología de Rosario considera que el tenor de la misma reviste el carácter de tendenciosa y agraviante, incluyendo el destacado y la caricatura. La misma hace referencia a un hecho acontecido en una Clínica de Oftalmología y al presupuesto confeccionado para la práctica de una cirugía de catarata con fijación de honorarios por parte de su titular, que, por considerar el paciente que estaban fuera de su presupuesto, requirió una nueva opción con la participación de otros profesionales de la misma, siendo éstos de valores inferiores al primero. Creemos que el "doctor en leyes", que se hace cargo de la nota, desconoce algunos principios básicos en la fijación de honorarios médicos a pacientes particulares. Los mismos se fijan en absoluta libertad a propuesta del profesional actuante, y según su propio criterio. De hecho, las clínicas oftalmológicas tienen honorarios particulares distintos según el profesional actuante. Los principios que se tienen en cuenta derivan de la experiencia, formación científica, participación activa en congresos, presentación de trabajos, destacado prestigio en el ámbito de la ciudad y el país, capital invertido, marketing, etcétera. Por lo tanto, los honorarios médicos dependen de la decisión unilateral del médico actuante y el paciente tiene, en definitiva, el poder de decisión final para aceptarlo o denegarlo según su presupuesto.