En sesión especial, hoy llegará al recinto de Diputados el debate sobre la figura del "arrepentido" y de la "extinción de dominio". Ambos proyectos de ley obtuvieron dictámenes de mayoría: Cambiemos más aliados. La ley del arrepentido consiste en la posibilidad de quitar hasta un tercio de la condena para el caso del imputado que decida colaborar con la Justicia.
Este proyecto fue introduciendo sucesivos cambios en las últimas horas a propuesta de los bloques opositores, por lo que obtendría una amplísima votación favorable —que incluirá al FpV—, aunque sin incluir al bloque de la izquierda marxista, que presentará un proyecto de minoría propia.
La llamada extinción de dominio posibilitará que el Estado pueda quitarles los bienes a las personas involucradas en ciertos delitos. El proyecto prevé que sea la Justicia civil la que lleve adelante la recuperación de los bienes presuntamente adquiridos con dineros obtenidos de un modo delictivo.
Según lo consensuado, la ley del arrepentido permite reducir la pena a toda persona imputada o condenada, con o sin sentencia firme, que tenga información comprobable sobre casos de corrupción. En ningún caso el arrepentido podrá acceder a la eximición de prisión, y sólo podrá acogerse al beneficio en caso de que la información que proporcione esté referida a delitos tipificados con una pena igual o mayor a la suya.
Si el arrepentido purga una pena de reclusión perpetua, en ningún caso la reducción de la pena será mayor a 15 años. Si el colaborador proporcionase información falsa, la ley establece una pena de prisión de cuatro a diez años.
En cuanto a la extinción de dominio, se aplica a bienes provenientes de contrabando, trata de personas, narcotráfico, lavado de dinero, terrorismo, entre otros delitos que tipifica. Comprende la apropiación tanto de bienes físicos como activos y acciones y no estipula un período de prescriptibilidad de los delitos.
El texto del proyecto impulsado por gobierno nacional, aunque en los hechos recogió una iniciativa del Frente Renovador (FR) presentada con anterioridad, si bien consiguió la aceptación de una amplia mayoría, seguía ayer en "construcción". Y con muchos aspectos polémicos, en especial respecto de su constitucionalidad, en un capítulo tan caro como la presunción de inocencia. Ayer el oficialismo consideraba la posibilidad de introducir modificaciones, y de conceder que al menos el imputado tenga procesamiento firme y no sólo la presunción de haber cometido un delito.
Graciela Camaño, del FR y una de las autoras originarias de la propuesta, explicó que si bien la figura de decomiso de bienes ya existe en la Justicia penal, en la práctica no se utilizó "por lo engorroso del sistema". Se trataría, para la diputada bonaerense, de una nueva herramienta "que hasta ahora el sistema jurídico no tenía".
Marcos Cleri (FpV) explicó a La Capital que el proyecto afecta a la Constitución al no respetar la presunción de inocencia. "Actuar decomisando bienes sobre un imputado sin condena colisiona sobre nuestra Constitución y numerosos tratados internacionales que Argentina firmó", explicó el diputado rosarino.
La diputada Myriam Bregman, de FIT, por su parte, anunció el rechazo de su bloque y se preguntó "¿Qué pasaría en los casos de empresas recuperadas, donde pudiera suceder que la fábrica, maquinarias y demás hayan sido compradas por un dueño que cometió algunos de estos delitos?, ¿le vamos a decomisar a los trabajadores esos bienes para que se queden sin trabajo?"
"Mal proyecto". El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat consideró que se trata de "un mal proyecto" al considerar que "la Justicia tiene que tener la idoneidad para llevar adelante la investigación criminal" sin "pagar por tener información".
"Se distorsiona la voluntad y se puede generar información falsa con tal de obtener un beneficio, ya sea prisión domiciliaria o reducción de penas", advirtió, y agregó: "No se puede concebir un sistema judicial en base a la compraventa de información" porque se "denigra" a la Justicia y se convierten los procesos judiciales en "actos mercantiles".