Por primera vez en Rosario la Justicia provincial declaró ilegal e inaplicable el decreto con el que el gobernador Miguel Lifschitz limitó hace seis meses las salidas transitorias y libertades condicionales de presos condenados. Ahora es el juez de Ejecución Penal de Rosario quien señaló la ilegalidad de la norma del Poder Ejecutivo y, ante un caso concreto en el cual se le rechazó a un interno el pedido de egresos de prisión que legalmente le correspondía, pidió que se revisara esa solicitud denegada pero aplicando la normativa previa.
El magistrado en esta ocasión fue más allá del caso: instó al Servicio Penitenciario (SP) santafesino a dejar de aplicar en lo sucesivo el criterio del nuevo decreto a reclusos que fueron condenados bajo una ley más benigna.
A fines de noviembre pasado el ministro de Seguridad santafesino, Maximiliano Pullaro, anunció que la provincia procuraba ordenar ciertas lagunas legales que había en las leyes que regulan las condenas. Mediante el decreto 4127/16 se modificaron apartados que endurecían o limitaban en algunos casos la salida de la cárcel de sentenciados.
El ánimo del decreto era que el concepto con que se evalúa al que pide la salida fuera un correctivo calificatorio que evitara el egreso anticipado de reincidentes, multirreincidentes, ofensores sexuales o autores de delitos aberrantes.
Este decreto se empezó a aplicar de manera retroactiva a los condenados en la provincia de Santa Fe independientemente del momento en que hubiera sido cometido el hecho por el cual fueron sancionados.
En marzo pasado por primera vez llegó a la Justicia un caso de un preso al que le negaron salidas transitorias en virtud de este decreto. Le toco intervenir a la jueza de Santa Fe Sandra Valenti, quien señaló que esa norma le quitó al recluso en cuestión un derecho que tenía en el momento de ser condenado, lo que supone una aplicación retroactiva de la norma, cosa que no es aceptable.
El primer caso similar en una audiencia en Rosario se dio el viernes pasado. Un defensor público rechazó que se le aplicara la nueva reglamentación a un preso rosarino que estaba en Coronda. El juez de Ejecución Penal en los tribunales locales, José Luis Suárez, admitió el planteo de la defensa al entender que no podían modificarse las reglas de juego con las que el interno en cuestión había sido sentenciado.
"Es tan evidente que el nuevo decreto incurre en una ilegalidad que en todas las audiencias similares los fiscales se adhieren a los pedidos de los defensores", dijo a este diario el juez Suárez. Quien además por una cuestión de economía de tiempo y recursos planteó que el SP deje de calificar el concepto de los presos condenados antes de esa reglamentación. "Es una insensatez porque tengo 150 planteos similares en los que todos los fallos serán iguales. No tiene sentido seguir haciendo audiencias. El día anterior a este caso que me tocó presidir hubo audiencias como esta en Santa Fe en la que los jueces se pronunciaron del mismo modo", agregó Suárez.
Conmociones públicas
Este decreto provincial se produjo al calor de conmociones públicas tras situaciones en que presos condenados fueron acusados de cometer nuevos delitos graves mientras se encontraban con egresos legales.
Los hechos más recordados en Rosario fueron, el año pasado, los de Ricardo Albertengo, quien cometió un crimen en 1993 y está imputado de matar a un policía en marzo de 2016. Y el caso de Andrés Soza Bernard, condenado por matar de un tiro a su novia en 2008 y acusado de asesinar a Fabricio Zulatto en agosto pasado, durante su libertad condicional. Estos casos prepararon el camino para el decreto de Lifschitz.
Racionalidad
Desde la Defensoría Regional de Rosario argumentan que las salida legales tienen una racionalidad constitucional que apunta a que la persona condenada pueda egresar de manera progresiva para reinsertarse en la sociedad. Destacan que en virtud de hechos atípicos que provocan alarma pública se definen políticas de coyuntura que atentan contra leyes fundamentadas. Y que esas nuevas normas, como el decreto provincial ahora cuestionado por los jueces, acaban por perjudicar a una mayoría de condenados que se esfuerzan por mejorar y que marcan una diferencia de conducta entre el antes y después de la cárcel en cuanto a la percepción de sí mismos.
El caso concreto que se trató el viernes pasado en Tribunales fue el de Luis Alfredo T., condenado por hurto agravado y en situación de pedir la libertad condicional desde enero pasado. El defensor público Andrés Bassini contó que su representado había sido calificado con conducta y concepto ejemplar en octubre pero que por este decreto, que entró en vigencia el 26 de noviembre pasado, le bajaron dos puntos de concepto, al que se reportó como bueno.
Cuando se pidieron informes a la cárcel para tramitar su libertad condicional el SP emitió informes negativos, entendiendo que no reunía el concepto ejemplar para lograr la salida. Por eso se acudió al juez que resolvió, en definitiva, que el decreto es ilegal, y ordenó que la unidad penitenciaria recalifique el concepto del detenido con el decreto anterior. "Lo que hace el juez es aplicar la ley vigente al momento del hecho", dijo el defensor, planteo al que adhirió la fiscal Noelia Ricardi.
"Desgaste inútil"
Al pronunciarse, el juez Suárez requirió al SP que informe lo resuelto a todas las cárceles bajo su esfera, donde están alojados presos sometidos a su jurisdicción como magistrado de Ejecución. El propósito es que sepan que el decreto provincial 4127/16 no debe aplicarse cuando resulte más gravoso para el régimen progresivo de salidas del condenado "para evitar un desgaste jurisdiccional inútil". Es decir, para no llegar hasta una audiencia donde decidirá del mismo modo que lo hizo el viernes pasado.
aviso. El juez Suárez pidió al Servicio Penitenciario que las cárceles de esta jurisdicción no apliquen el decreto.