El asesinato del policía Pablo Cejas, que había denunciado a sus superiores por impedir acciones contra el narcomenudeo en la ciudad de Santa Fe, produjo una explosión en el ámbito noticioso y político. No sólo por el ineludible antecedente del malogrado empleado policial sino por el hecho de que estaba incluido en el programa de protección de testigos y víctimas de la provincia; aunque en el marco de una medida de cuidado de baja seguridad, dado que el mismo agente, aseguran desde el gobierno provincial, declinó con su firma tener una custodia fija o ser acompañado en sus traslados.
Más allá de las variantes del caso aún sin esclarecer, uno de los primeros motivos de atención fue el hecho de que alguien que hizo una grave denuncia pública contra un importante factor de poder como la policía provincial terminó acribillado con más de diez disparos. Esto cobró relevancia mayor cuando el gobierno indicó que Cejas estaba bajo el programa de protección.
Esto impacta de lleno en la sensibilidad pública en un momento en el que muchos temas de interés relativos a la violencia comunitaria se dirimen con aquello que puedan aportar los testigos en los juicios orales en los que quedan cara a cara frente a los acusados, lo que supone una exposición mayúscula. En países como Chile los testigos en riesgo declaran detrás de biombos o con dispositivos que deforman la voz, aun cuando las defensas tienen derecho al control de la identidad de los que hablan.
"Esclarecer el caso del policía tiene la urgencia del interés social porque hay varios otros en los que personas que debieron ser protegidas murieron asesinadas. Si no tenemos testigos no tenemos juicios y por ende no hay justicia", dijo Malena Corvalán, presidente del Instituto de Litigación Oral del Colegio de Abogados de Rosario.
Varias veces el hoy jefe de los fiscales provinciales Jorge Baclini señaló que la mayor dificultad de aclarar homicidios resonantes se debe a la ausencia de testigos o a la reticencia de éstos por miedo.
Peligro de muerte
La alusión apunta a casos de personas amenazadas o bajo peligro objetivo que fueron asesinadas. Norma Bustos, de 53 años, muerta de tres tiros en su casa de barrio Tablada en noviembre de 2014. En 2013 habían asesinado a su hijo y ella había señalado a los hermanos Milton y José Damario, luego condenados.
Otro caso, hace nueve meses, fue la balacera a la casa de Brisa Ojeda, una joven que había sido testigo del crimen de Jonathan Rosales y debía asistir a una rueda de reconocimiento en Tribunales. Según el fiscal del caso, si bien el ataque era contra ella quien atendió la puerta fue su hermana Lorena, que resultó herida y murió el pasado 21 de enero.
Este caso es controvertido porque el abogado Marcos Cella está imputado como partícipe del crimen y además porque el Ministerio Público de la Acusación (MPA) tenía escuchas que hacían referencia a algún tipo de ataque en preparación y eso no evitó el letal final de Ojeda.
Ocurrió también con Oscar Alberto Aguirre, a quien mataron tras declarar como testigo en la causa del asesinato de Diego Demarre, cuyo crimen se atribuye a integrantes de la banda de Los Monos.
Salvo en el caso de Lorena Ojeda, cuya familia pudo haber sido resguardada para entonces y no lo fue, estas víctimas eran personas que no recibieron protección. Los casos representan, además de la desgraciada pérdida de vidas, un elocuente mensaje sobre los riesgos de implicarse en acusaciones hacia personas señaladas por delitos.
En el caso del policía asesinado el gobierno provincial insiste que los elementos reunidos señalan que Cejas no sólo declinó la protección máxima ofrecida sino que asumió una conducta contraria a la de quien debe resguardarse al dirigirse solo a un barrio marginal de Santa Fe casi a medianoche (ver aparte).
"Hay que ser prudentes y conocer los hechos antes de sacar conclusiones. Pero los antecedentes de casos graves pesan. Cuando se supo la noticia del policía surgieron interrogantes lógicos. ¿Hasta qué punto le dieron protección? ¿Cómo sabemos si realmente se negó? ¿Se le dieron todas las alternativas? El éxito o el fracaso del sistema penal dependen de que el testigo pueda declarar en un posible juicio oral. No se debe minimizar el riesgo que pueden sufrir quienes se exponen a declarar cuando haya temores de que su vida pueda correr peligro. Debemos asegurarnos de que se brinden todas las alternativas adecuadas para disipar ese temor", sostuvo Corvalán.
Por ley
Actualmente la provincia asegura brindar protección a 500 testigos y víctimas de causas violentas. Más del 60 por ciento son de Rosario y Santa Fe y sus zonas aledañas. La ley 13.494 que creó hace dos años el Programa Provincial de Protección y Acompañamiento de Testigos en el ámbito del Ministerio de Justicia fue parcialmente reglamentada hace 20 días por un decreto del gobernador Miguel Lifschitz y en ese marco se dispuso un protocolo de resguardo.
Ya había en Santa Fe experiencias de protección previas como la Unidad de Protección de Víctimas, Testigos y Querellantes para Juicios de Lesa Humanidad, los programas de acompañamiento a víctimas de los Centros de Asistencia Judicial (CAJ) y el Programa de Protección del Ministerio de Seguridad.
El director del programa que fija la ley 13.494 es Claudio Stocco. En un marco de muchos conflictos y recursos escasos, el organismo debe decidir qué personas merecen custodia, lo que implica descartar otras. La inclusión en el programa debe tener solicitud del juez, fiscal o el propio interesado. El director provincial debe requerir un informe integral de riesgos a la llamada Unidad Especial de Acompañamiento y Protección. Pero la atención se brinda a través de los equipos interdisciplinarios de la Secretaría de Derechos Humanos y los CAJ.
La Unidad de Protección es un cuerpo policial de cien hombres a cargo del comisario Adrián Forni, ex TOE, que cumple con la medida a adoptarse, que es decidida por el director del programa. Las medidas dentro de la nueva ley tienen una condición indeclinable: tienen que ser consentidas por su destinatario.
Medidas de seguridad
Lo que viene después no es sencillo. Los casos de mayor exposición incluyen acciones de desarraigo para el testigo. El Estado debe asegurar inmuebles, a veces fuera de Santa Fe, para trasladarlo, generar su modo de sustento, a veces del núcleo familiar íntegro del protegido, proporcionar apoyo psicológico y realizar visitas.
Es lo que pasó tras el crimen de Lorena Ojeda con su familia. Fuentes del MPA consignaron que el grupo más estrecho fue mudado a otra localidad y que el programa debe ocuparse de la comunicación con las personas de su confianza en el marco de extremas medidas de seguridad. Por ejemplo, las transferencias bancarias fuera de la provincia no pueden ir a nombre del testigo.
Entre los incluidos en el programa está el ex vice de Newell's, Cristian D'Amico, baleado en noviembre cuando iba en camioneta con su hijo. También, junto a su familia, uno de los jueces que intervino en la llamada causa Monos y que fue, según audiencia imputativa, amenazado por uno de los acusados.
El decreto, del que sólo se reglamentaron 10 artículos de 33, produce dos niveles de protección calificados como de Alta o Baja Gravedad. Los equipos interdisciplinarios evalúan el nivel de riesgo que puede implicar el valor probatorio del testigo, la capacidad para adaptarse a las medidas de seguridad, la gravedad del delito y la de los ofensores para causar daño. Según la gravedad se disponen métodos de resguardo diversos: custodias fijas o semifijas, custodias con traslados, acompañamientos. Y en los más altos modos de protección traslados o alojamiento temporario en lugares reservados o aislados.
El ministro de Justicia Ricardo Silbestein dijo que el programa tiene coordinación con el programa similar que tiene la Nación. Y que su estructura compleja "supone lograr lugares seguros para alojar a las personas a proteger, vehículos, convenios con otras provincias para situaciones de reciprocidad, inversiones tecnológicas para los casos en que las custodias son flexibles", dijo.
Las preocupación pública pasa por la suerte de los testigos. Los programas de protección son experiencias recientes. "La demanda es muy grande pero iremos hacia un sistema de protección más eficaz aunque en ningún lugar del mundo se puede garantizar infalibilidad", dijo Silberstein, que recibió fuertes objeciones cuando declaró que Cejas se puso objetivamente en riesgo, en tanto ingresó solo al barrio donde lo acribillaron. Incluso por esto el diputado provincial Carlos Del Frade pidió su interpelación en un contexto donde faltan explicaciones.
"La conducta del resguardado es fundamental, tanto cuando decide que no quiere que se lo proteja con la mayor rigurosidad, como cuando asume riesgos desaconsejables", dijo Silberstein. Más allá del caso puntual lo que está en juego con la protección a testigos es la capacidad de esclarecer delitos graves que son de esencial interés público.
En un marco donde la intimidación y la violencia desalientan a hablar al que sabe, el caso de Cejas, aún con sus matices en debate, es un drama en sí mismo y un perturbador mensaje hacia la capacidad del Estado para garantizar el bienestar comunitario y administrar justicia.