La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario –integrada para este caso por
Ernesto Pangia, Otto Crippa García y Rubén Darío Jukic– confirmó la sentencia a prisión
perpetua contra Juan Pablo Carrascal, por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, homicidio
calificado y robo calificado por el uso de arma de fuego en concurso real. El condenado está
considerado autor de la violación y muerte de la docente Daniela Cintia Sparvoli, hecho ocurrido en
mayo de 2003 en un camino rural cercano a la localidad de Correa.
Carrascal también fue condenado a pagar la suma de 400.000 pesos a la madre de la víctima,
Marta Ferreyra, y una cifra igual a Ariel Sade, esposo de Daniela Sparvoli, en ambos casos por daño
emergente y daño moral.
La defensa de Carrascal había apelado el fallo condenatorio del Juez de Sentencia N° 6 de
Rosario, Julio García, cuestionando, entre otras cosas, el tiempo transcurrido entre el hecho
y los actos que motivaron la obtención de relevantes pruebas de cargo, que a la postre
comprometieron al acusado, cuestionamiento que involucra tanto al interrogatorio sumario como a la
confesión posterior ante la Jueza en lo Penal de Instrucción de Cañada de Gómez. Sin embargo, para
los magistrados de la Cámara penal nada deja entrever que ambos actos, fundamentalmente la
confesión en su indagatoria, no hayan sido actos voluntarios y libres. Agregaron los jueces de la
Sala I: "Repárese que Carrascal siempre que depuso –excepto en la última ante esta
Cámara– admitió la violación y la muerte brindando detalles similares en lo sustancial del
suceso, y en lo atinente a su conducta, sus dichos lucen respaldados decisivamente por pautas
objetivas y subjetivas".
Mientras tanto, se mantiene la duda sobre la posible participación de una o más personas en
el hecho que causó la muerte de la docente (sobre ese tópico sigue investigando el juzgado de
Cañada de Gómez). Así lo hicieron notar los abogados de los actores civiles –madre y
esposo–, llamando la atención sobre los dudosos resultados de las pericias bioquímicas y de
ADN en cuanto a la participación únicamente de Carrascal en la violación de Sparvoli. Al respecto,
señalaron los jueces de la Cámara de Apelación: "La idea que subyace en la investigación y el
juicio es que otra u otras personas junto a Carrascal ejercieron y abusaron y/o contribuyeron con
él en el ilícito, participación que está investigando la justicia de Cañada de Gómez, pero que de
ninguna manera desencriminan a él".




























