En octubre de 2017 se desarrolló el juicio oral donde el fiscal de Homicidios Miguel Moreno les achacó a ambas la coautoría del delito de homicidio doblemente agravado por ensañamiento y codicia.
En las dos semanas de debate el fiscal apuntaló que la víctima entregó dinero a de la empresa para la que trabajaba pensando que alguna vez le iba a ser devuelto y abusando Virginia de una relación de confianza previa. Pero esas entregas de dinero nunca fueron documentadas.
Esa hipótesis se sostuvo con informes y pericias, testimoniales, mensajes de textos y desgrabaciones para demostrar que Sarjanovic inyectó dinero periódicamente a un proyecto textil que Seguer regenteaba con su madre para comprar prendas en La Salada, objetos traídos de China o un fideicomiso, emprendimientos que fracasaron una y otra vez.
En medio del agobio financiero, y luego de encontrarse en un bar de Moreno y Urquiza bajo promesa de que saldaría la deuda, el viernes 4 de septiembre Diego y Virginia se trasladaron al departamento que solían frecuentar, donde la mujer concretó el homicidio.
Aunque en el juicio no se pudo determinar la secuencia, ya que no hubo testigos, de acuerdo al resultado de la autopsia y la declaración de forenses la víctima sólo pudo ser neutralizada por un golpe con un elemento contundente (en mentón, labios o una contusión en la frente) posibilitando el ataque con un cuchillo de cocina secuestrado en la escena del crimen.
Luego, en un mail que la mujer le envió a su hermana tras el hecho, narró que se había defendido de una agresión. Pero nunca lo declaró en el juicio.
El rol de Fernández también fue ventilado en las audiencias. Por el testimonio de la portera del edificio se acreditó su ingreso ese mismo viernes, a las 14.30, al departamento.
Las empleadas del taller de costura donde estaba Fernández declararon que ella salió tras recibir una llamada de su hija. En un mensaje de texto hallado en el celular de la mujer, se constató que Alicia dijo: "Yo me encargo", lo cual para los jueces dejó traslucir un "reparto de tareas, con el fin de asegurar el ilícito comenzado por Seguer".
"Realizó un aporte esencial sin el cual los designios homicidas se hubieran visto frustrados. Sarjanovic no estaba muerto, estaba moribundo y agonizaba. Fernández estuvo en el departamento mientras Seguer distraía a los familiares (la convocaron en un bar preocupados por la desaparición de Diego)".
Así, los jueces le endilgaron a Fernández la coautoría por "dominio funcional" luego de tener en cuenta además la opinión de una ex médica forense respecto de otra pericia científica sobre la hora de muerte de Sarjanovic, dándole mayor entidad a la que situaba a la coautora en el lugar del hecho cuando aún la víctima estaba con vida. Ese accionar consistió en velar asegurarse que la víctima no tuviera auxilio lo que derivó en su muerte.
Finalmente el Tribunal conformado por los jueces Patricia Bilotta, Delia Paleari y Gustavo Pérez de Urrechu encontraron a madre e hija coautoras del crimen y las condenaron a prisión perpetua bajo la figura de homicidio doblemente calificado por ensañamiento y codicia, al considerar que actuaron "movidas por la codicia" y que accionaron en el asesinato para "eliminar la deuda" que mantenían.
"Nada que ver"
Las acusadas apelaron el veredicto. En una audiencia realizada en mayo pasado Seguer relató cómo ocurrieron los hechos y aclaró que su madre no tuvo nada que ver, que fue un momento en que todo se salió de control y no hubo un plan. También su madre dio a conocer su versión.
En tanto, la defensora pública Andrea Siragusa, quien representó a ambas condenadas, apuntó en relación a Fernández que no hubo evidencias para endilgarle la conducta reprochada, que existió confusión e imprecisión y que lo único que está claro es que ella no agredió físicamente a la víctima.
La abogada agregó que la madre de Virginia no garantizó la muerte de la víctima y tildó de "desajustado el argumento de comisión por omisión", ya que la sentencia da por cierto que Sarjanovic se encontraba con vida al momento del arribo de Fernández, pero eso no fue comprobado durante el juicio.
En ese sentido, la defensora recordó que durante el debate la forense María Soplán estimó un tiempo de sobrevida de entre 3 y 12 horas, pero que sin embargo el tribunal tomó el plazo máximo de 12 horas para ubicar en la escena del crimen a Fernández mientras la víctima estaba con vida. Al respecto, remarcó que se eligió la versión de una ex médica forense, testigo de la Fiscalía, sin fundamento científico por sobre el informe de autopsia oficial.
Además, y en referencia a la codicia, la abogada resaltó "la arbitrariedad" del fallo al dar por acreditado ese agravante, ya que durante el debate tampoco se pudo verificar la existencia de una deuda. También objetó que se tratara de adjudicar a Seguer una situación económica apremiante pero que nunca se presentaron clientes ni acreedores, ni se encontró su firma o la de Sarjanovic en los cheques acopiados en la causa.
Con esos argumentos, la abogada pidió la nulidad total o parcial de la sentencia y la inmediata libertad de sus asistidas por absolución, así como la inconstitucionalidad de la prisión perpetua.
Por su parte el fiscal Moreno solicitó la confirmación del fallo. Indicó que la conducta de Fernández se engarza en un plan que ya había comenzado a realizar su hija, revelando que Sarjanovic no estaba muerto cuando ella se incorpora sin hacer nada mientras la víctima agonizaba. Y dijo que la deuda que mantenía la acusada con la víctima, que según la pesquisa rondaba entre los 500.000 y 2.000.000 de pesos.
Roles
La controversia quedó entonces bajo análisis de los jueces de la Cámara Penal Carlos Carbone (primer voto), Georgina Depetris y Carolina Hernández.
Carbone echa luz sobre un dato que no fue atendido y perjudicó la defensa de Fernández durante el juicio. El camarista recordó que la mujer fue acusada "de haber dado muerte a la víctima, pero en el curso del debate se modificó "sustancialmente su rol", por el de "haber asegurado" la muerte de Sarjanovic agonizante en la habitación del departamento, y velar para que no pudiera ser auxiliado.
"Adquiere relevancia lo declarado por Fernández cuando dice que al ser convocada por su hija al departamento, entra y le abre una prenda que la cubría y la ve ensangrentada, ante lo cual entra en shock. Su hija le afirma que había matado a Diego y la conduce hacia el dormitorio, donde lo ve tirado, cierra la puerta, aclara que lo vio inmóvil, sin dudar de que estaba muerto y que luego no volvió a entrar", refrescó Carbone en un párrafo del fallo para graficar el rol de Fernández en el hecho.
Interpretaciones
Según el camarista, ese punto central fue introducido por la defensa privada en el juicio y refuerza los agravios respecto de que la sentencia "careció de elementos idóneos y apareció como una construcción voluntarista". Y por eso remarca que "pierde virtualidad" las opciones que plantean hacer coincidir las horas de agonía con la llegada de la imputada al departamento.
Carbone fue directo al análisis de una prueba que primero perjudicó a Fernández y ahora la favorece. "Entre ambos criterios expuestos, el de la doctora Soplan y el de la médica de la Fiscalía, se elige la última, que resulta más gravosa para Fernández, sin dar una concienzuda respuesta sobre por qué se prefiere este criterio sobre el otro".
"La defensa oficial sostiene que se eligió la versión de la Fiscalía sobre el informe de autopsia de Soplan sin fundamento científico ni aplicación del beneficio de la duda, todo para poner a Fernández en el lugar y en el momento en que la víctima aún estaba viva".
Sin sustento
El fallo crítica la atribución de coautoría por dominio funcional de Fernández. Pero además descarta que Virginia haya actuado bajo legítima defensa. "No resiste el serio análisis cómo pudo defenderse de una supuesta agresión que hubiere ante tal desproporción de contexturas físicas", ya que el hombre medía casi 1,90 metro y pesaba 100 kilos, y Virginia 1,63 metro y 45 kilos.
Con similares argumentos, la jueza Depetris adhirió a la postura de Carbone, mientras que Hernández se abstuvo ante la coincidencia de sus pares.
En definitiva, la Cámara confirmó parcialmente la condena a Virginia Seguer al revocar el agravante de codicia, sin modificar el monto de la pena, y revocó la condena contra Alicia Fernández, disponiendo su absolución e inmediata libertad.