El Concejo Municipal de la ciudad de Casilda sancionó una ordenanza que regula el tratamiento y disposición final de neumáticos en desuso a fin de bajar el volumen de este tipo de residuos sólidos y reducir su impacto ambiental y sanitario.
El Concejo Municipal de la ciudad de Casilda sancionó una ordenanza que regula el tratamiento y disposición final de neumáticos en desuso a fin de bajar el volumen de este tipo de residuos sólidos y reducir su impacto ambiental y sanitario.
La norma, que adhiere a un decreto del Estado provincial que refiere al tema, prohíbe a generadores, comerciante del rubro y usuarios arrojar o dejar abandonados en lugares no habilitados estos desechos.
Además, impide su destrucción total o parcial por medio de prácticas de incineración a cielo abierto u otros sistemas contaminantes que se pudieran utilizar.
Claro que para prevenir ello, el municipio habilitará un inmueble destinado al almacenamiento transitorio de estos productos fuera de uso para luego ser traslados a centros de reciclaje autorizados por el Ministerio de Medio Ambiente de la provincia.
Lo dispuesto por el cuerpo deliberativo casildense contempla una tasa que deberán pagar los productores o importadores de neumáticos al país, excepto que estén inscriptos en el registro de inspección municipal y no tengan sus casas matrices o centrales en otra localidad.
A partir de los cuatro meses de promulgada de la ordenanza impulsada por el Ejecutivo, el municipio podrá retirar y trasladar al centro de almacenamiento las cubiertas en desuso que sean detectadas en basurales o rellenos sanitarios de residuos domiciliarios o en lugares indebidos.
La autoridad de aplicación de la norma, que prevé multas contra los infractores, será la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad.
Esta dependencia será la que tendrá facultad para suscribir los convenios que sean necesarios para la contratación del lugar donde funcionará el centro de almacenaje así como para el traslado hacia su destino final.
Entre los fundamentos de la ordenanza se destaca la necesidad de "propender a la prevención de daños ambientales provenientes del manejo de elementos que en su producción utilizan (como en este caso) productos susceptibles de contaminar".
Asimismo, la ordenanza detalla que por neumáticos fuera de uso se entiende a "aquellos que fueron utilizados por el parque automotor, motocicletas, maquinarias, aeronaves y otros equipos de transporte que hayan sido retirados de la circulación por no cumplir con las normas y estándares vigentes de seguridad vial".
Y en esa misma línea, aclara que "se excluyen los neumáticos aquellos dispositivos para personas con discapacidad así como de bicicletas, triciclos o que forme parte de juguetes, entretenimientos o de servicios de personas".
También se resalta que los neumáticos tanto de uso particular como de transporte público y maquinarias que ya concluyeron su vida útil son considerados "residuos de generación universal", y que por su composición (caucho, acero, fibra) implican "riesgo o potencial efecto nocivo para el medio ambiente", por lo que "requieren de una gestión ambientalmente adecuada y diferenciada de otros recursos".
Asimismo, el la letra de la ordenanza destaca la importancia de "abordar el manejo de esos residuos que, por sus características de propiedades físicas y químicas complejas, tienen una biodegradación de un plazo prolongado en años de riesgo ciertos y serios para la salud pública".
Y añade que además constituyen "en su estado natural lugares de albergue de roedores y vectores como, por ejemplo, el mosquito, que transmite dengue, zika, fiebre amarilla", entre otras graves enfermedades.
La norma sancionada por el Concejo además apunta al significado que implica para la calidad de vida instrumentar "estrategias" tendiente a prevenir la acumulación de estos desechos apelando a la "industria del reciclado" para su transformación y reutilización en otros fines como puede ser materia prima para asfaltos y canchas de césped sintético, entre otros productos.