"Sé como me llamo" es el programa del Museo de la Memoria que este jueves aprobó el Concejo Municipal de Rosario. Como parte del servicio de orientación jurídica del museo, tendrá como objetivo brindar asesoramiento, información, asistencia y acompañamiento a las personas que deseen realizar los trámites correspondientes al cambio de apellido, no solo por haber sido víctimas de la dictadura sino por justos motivos donde se dé cuenta que acarrear un apellido es causa dolor o pesar.
La decisión, que implica un derecho a la identidad, obliga a tramitar un proceso legal o juicio, a diferencia de la cambio de género, que implica solo un trámite administrativo.
Que la iniciativa sea de la concejala de Ciudad Futura, María Luz Ferradas, no es baladí. Se trata de la legisladora que asumió en 2019 con el apellido de su padre y que dos años y medio después de iniciar el trámite, recibió autorización de la Justicia para poder modificarlo. Hasta julio de 2021 llevaba el apellido Olazagoitía, el mismo que Ovidio Marcelo Olazagoitia, ex integrante de la patota de Agustín Feced y su padre. Optó por Ferradas, el mismo de su abuela Elba Pilar y sus tías abuelas.
"En el contexto del Día de la Memoria, el 24 de Marzo, me invitaron en la Escuela la Ética en Nuevo Alberdi, sobre la parte de la historia que me tocó vivir, cómo tramité mi nombre y apellido. Y como muchos estudiantes son adultos, me preguntaron cómo era ese proceso legal que inicié y hay que iniciar en caso de que se quiera gozar de este derecho. Porque no es sencillo, hay que presentar pruebas y justificar la causa", le contó Ferradas a La Capital.
"Esto tiene costos, obviamente, y eso también era una inquietud de los alumnos y alumnas que allí se enteraron de ese derecho que tenemos todos de ejercer la identidad, más si hay que acarrear un apellido que pueda generar dolor o pesar", añadió Ferradas antes de a contar que desde allí comenzó a acompañar tres casos: el de Noemí, el de Agustín y el de Rocío.
Dijo que Noemí es una mujer mayor que tenía el apellido de su padrastro y eso le causaba "mucho dolor"; Agustín, también tenía una historia triste con su papá y Rocío, es mamá de un chiquito que circunstancialmente está anotado con el apellido de una pareja con la que terminó en muy malos términos.
"Empezamos los trámites judiciales con abogados y vimos que no es algo tan difundido lo del derecho a la identidad, y que además en las personas de bajos recursos es difícil aprontar el proceso. Ahora en el Museo de la Memoria, si bien se dedican a causas de terrorismo de Estado, se podrá acompañar a quienes con justos motivos quieran cambiar su nombre y apelar al derecho a la identidad", comentó Ferradas.
El proyecto, que respaldaron sus compañeros de bancada, Caren Tepp, Juan Monteverde, Pedro Salinas y Jesica Pellegrini, indudablemente es significativo "en el contexto de la última dictadura militar donde muchos niños y niñas fueron anotados en los registros en forma ilegal, sustrayéndoles de esta manera su propia identidad".
En los considerando se destacó que el Congreso de la Nación instituyó el 22 de octubre como el Día Nacional del Derecho a la Identidad, por la labor realizada por las Abuelas de Plaza de Mayo, quienes impulsaron el reconocimiento de este derecho a partir de su lucha para recuperar a los nietos y nietas apropiados/as de forma ilegal por las fuerzas represivas de la última dictadura cívico-militar en nuestro país. "Y ese derecho es el de cada ciudadano y ciudadana a ser uno/a mismo/a, a saber quiénes son y quién quieren ser".
Antes de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, en el Derecho Argentino se regía por la Ley N°18.248 de 1969 “ley de nombres”, la que establecía que los hijos matrimoniales llevarían el primer apellido del padre, sin perjuicio de que otorgaba la posibilidad al hijo, a partir de los dieciocho años, de optar por agregar su apellido materno o el segundo apellido paterno. Hoy en día, el art. 69 del Código Civil y Comercial de la Nación regula la materia y establece: "El cambio de prenombre o apellido sólo procede si existen justos motivos a criterio del juez" y en ese sentido se considera "justo", entre otros casos el de tener un seudónimo de notoriedad, la raigambre cultural, étnica; el cambio de género (no requiere intervención) o haber sido víctima de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado civil o de la identidad.