Las empresas productoras de artículos electrodomésticos de Tierra del Fuego podrán ofrecer sus productos a través de plataformas de venta online, con una compra máxima de hasta tres unidades por producto por año, con un tope de 3 mil dólares por envío, sin intermediarios ni costo fiscal asociado.
A través de la resolución 286/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, se reglamentó el régimen simplificado de importación de Tierra del Fuego, destinado a pequeños envíos.
Entre los bienes que se pueden adquirir figuran televisores, aires acondicionados y teléfonos celulares, sin intermediarios comerciales. El régimen está destinado exclusivamente a ventas directas desde el productor al consumidor final.
Qué dice el decreto de la Secretaría de Comercio
La medida define los bienes alcanzados por el decreto 334/25, que incentiva el consumo de bienes industriales originarios del Área Aduanera Especial de la provincia. El mecanismo simplifica y desburocratiza la forma en la que los bienes llegan al resto del territorio continental.
Todos los productos alcanzados podrán ser comercializados por las empresas productoras del subrégimen industrial a los consumidores finales en el territorio continental nacional, para lograr así una baja de precios en los productos.
Desde la cartera económica nacional también destacaron que esta modalidad de envío no tiene ningún tipo de costo fiscal asociado.
Cuáles son los electrodomésticos que se podrán comprar
- Afeitadoras
- Aire acondicionado
- Amplificador-Sintonizador
- Aspiradoras
- Batidoras
- Cafeteras
- Cajas acústicas
- Caloventores
- Cámaras fotográficas digitales
- Cartuchos Electrónicos para juegos Electrónicos de Video
- Cassettes de audio
- Cuchillo Eléctrico
- Depiladora
- Despertadores
- Ecualizador
- Equipos de radiocomunicaciones móviles celulares
- Freidores
- Hornos a microondas
- Juegos Electrónicos de Video con cassettes intercambiables y cassettes electrónicos con juegos de video
- Juegos electrónicos sin calculadoras
- Lavarropas
- Módems
- Monitores
- Multijugueras
- Notebook y netbook
- Picadoras
- Procesadora de Alimentos
- Radio reloj
- Radioreceptores portátiles
- Receptor de televisión
- Receptores de Radio
- Receptores/Decodificadores Integrados (IRD) de Señales de Video Codificadas-Set Top Box
- Relojes electrónicos
- Soportes de lectura óptica
- Tablet PC
- Televisores
- Videocámaras
- Videocassettes
- Videograbadores
- Videoreproductores
- Radios
- Radiograbadores
- Grabadores-reproductores de audio
- Centros musicales
- Walkman - Compact disc
- Sistemas y/o equipos de audio en general
- Bandejas cassetteras
- Bandejas Giradiscos
- Grabadores/Reproductores de cassette
- Parlantes
Cuál es el alcance de la medida
La medida involucra a las empresas radicadas en el área aduanera especial de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur como a los consumidores particulares del territorio nacional continental.
El régimen simplificado, dirigido exclusivamente a ventas directas del productor al consumidor final y sin intermediarios comerciales, prohíbe la reventa de los productos adquiridos.
Sólo los artículos detallados en el Anexo I de la norma podrán comercializarse bajo este esquema, siempre que estén fabricados en Tierra del Fuego bajo el Régimen Industrial Promocional de la ley 19.640 y cuenten con la acreditación de origen correspondiente, conforme al procedimiento dispuesto en la Resolución 4712/1980 de la Administración Nacional de Aduanas y sus modificatorias.
El proceso de selección de los bienes habilitados se basó en un informe técnico elaborado por la Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales de la Secretaría de Industria y Comercio, que propuso el listado de productos considerados oportunos para incorporar al régimen simplificado.
La resolución subraya que “corresponde establecer las mercaderías que se incluyen en el marco del régimen de importación simplificada creado por el Decreto N° 334/25”.