El gobierno nacional introdujo grandes cambios en la reglamentación de la ley nacional de tránsito y seguridad vial. Una de las medidas, publicada en el boletín oficial, afecta a un grupo de conductores que corre el riesgo de no poder renovar su licencia de conducir.
Entre las principales reformas se encuentra la confirmación de que el carne físico no será obligatorio, la eliminación de la licencia nacional de transporte jurisdiccional, y también se incluyeron nuevos requisitos para la renovación de ciertas licencias de conducir. En este sentido un grupo de conductores podría perder la licencia o tener más requisitos para renovarla en relación con sus multas o faltas de tránsito.
¿Cuándo hay que renovar las licencias de conducir?
El decreto 196/2025 mantiene el plazo de validez máxima de cinco años para la licencia nacional de conducir. Sin embargo, el período general contempla excepciones de acuerdo a la edad.
Las personas mayores de 65 años deben realizar un test psicofísico cada tres años para conservar su permiso. Después de los 70, el examen es anual.
La primera habilitación para las licencias más comunes se puede solicitar a partir de los 17 años con 12 meses de validez. Luego se puede pedir otra por tres años más. La edad mínima para ciclomotores es de 16 años, siempre y cuando no lleven pasajeros.
¿Quiénes podrían perder la posibilidad de renovar el carné?
Según el nuevo decreto los conductores que obtuvieron su licencia por primera vez, si cometen faltas graves durante los primeros dos años de haberla obtenido, verán su licencia de conducir suspendida.
Para llevar a cabo la renovación de la licencia de conducir, aquellos conductores deberán aprobar el examen teórico y practico. Es decir que los conductores principiantes que tengan faltas graves en su haber, no sólo tendrán que rendir el psicofísico, sino que también deberán pasar una vez más por el examen teórico y práctico.
Otros cambios de la licencia de conducir
De acuerdo al decreto publicado este martes, la licencia de conducir se emitirá en formato digital. La persona titular podrá solicitar un carné impreso, algo que suele ser necesario para manejar en el exterior. Además, no tendrá fecha de vencimiento y será válido mientras lo sea la primera versión.
A partir de esta modificación, ya no hace falta pedir un permiso nuevo por cambio de domicilio. La dirección debe coincidir con la del documento nacional de identidad (DNI), pero bastará con hacer un trámite remoto para modificar el registro.
A su vez, la reglamentación general de la ley 24.449 elimina la necesidad de ir a un centro de emisión de licencias para evaluar la aptitud psicofísica en una renovación. El decreto añade la posibilidad de enviar una constancia firmada por profesionales particulares, una opción que se utiliza en Estados Unidos y otros países. Los médicos y centros de salud deberán inscribirse previamente en la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Por otra parte, las personas menores de edad no tendrán que rendir nuevamente el examen teórico práctico cuando cumplan 18 años. Como se mencionó anteriormente, la evaluación sólo se requerirá si cometieron faltas de tránsito graves durante los primeros dos años.
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