Buenos Aires- El Gobierno porteño deberá indemnizar con 100 mil pesos a un taxista, ex combatiente de Malvinas, que sufrió lesiones físicas y destrozos en su auto cuando en medio de una tormenta le cayó un árbol encima.

Buenos Aires- El Gobierno porteño deberá indemnizar con 100 mil pesos a un taxista, ex combatiente de Malvinas, que sufrió lesiones físicas y destrozos en su auto cuando en medio de una tormenta le cayó un árbol encima.
La Cámara Civil sostuvo que “la caída de un árbol provocada por el viento o la lluvia no es un hecho extraordinario ni puede sostenerse que sea imprevisible”.
El siniestro ocurrió el 16 de mayo de 2000, cuando la tormenta que azotaba a la Capital Federal causó que un árbol cayera sobre el taxi que circulaba por Avenida Gaona y Nicolás Repetto.
El taxista sufrió traumatismo de cráneo con pérdida de conocimiento, por lo que debió ser hospitalizado.
“La caída de un árbol por una tormenta no puede ser clasificada de accidente fortuito o caso de fuerza mayor. Un fuerte temporal no es un acontecimiento fortuito”, sostuvieron los camaristas Marcela Pérez Pardo, Víctor Liberman e Hilario Rebaudi Basavilbaso.
“Para que los fenómenos naturales constituyan caso fortuito deben ser de una intensidad tal que superen lo normalmente previsible según la época y lugar de ocurrencia del hecho”, explicaron en el fallo.
Así, refutaron el argumento de los abogados del gobierno porteño, quienes sostuvieron que la intensidad del temporal era “imprevisible” y, en consecuencia, el siniestro no era responsabilidad del estado comunal.
“No se acreditó que el fenómeno climático al que hace referencia hubiera revestido características de excepción que tornara imposible o inevitable la producción del daño”, replicaron los camaristas.
El monto de la indemnización fue justificado en que la víctima es “un trabajador sostén de familia, que no ha podido seguir laborando”.
Si bien el fallo admite que algunas de las lesiones físicas que sufrió el taxista fueron “transitorias”, consideraron que el hecho pudo haberle causado “perturbaciones de índole emocional o espiritual”. (DyN)



