A sólo seis meses de perder la conducción de la barra brava de Newell’s,
Roberto Pimpi Camino irá a juicio en prisión preventiva junto a dos de sus hermanos por los
desmanes de enero pasado en la sede del club. El incidente que marcó la caída judicial del ex jefe
de la hinchada leprosa fue, según un dictamen de la Cámara Penal de Rosario, provocado por ellos al
contratar dos colectivos, reunir a unas 70 personas armadas con palos, hachas, cuchillos y armas de
fuego, trasladarlas al club y provocar destrozos e intimidaciones con el fin de marcar el
territorio perdido.
El copamiento de la sede del club del parque Independencia ocurrió el 26 de
enero pasado, un mes después del cambio de escenario electoral en Newell’s, cuando Eduardo J.
López perdió las elecciones a manos de la actual conducción. Los tres hermanos fueron señalados
entonces por testigos y una agente policial como los líderes de la revuelta.
A pesar de que Pimpi, Alberto —o Tato— y Juan Ramón Camino
estuvieron entre 50 y 77 días prófugos, fueron enviados a juicio a apenas cuatro meses de los
desmanes por tres jueces de la Sala I de la Cámara Penal, que anteayer confirmaron los
procesamientos de los hermanos por el delito de intimidación pública agravada.
Los camaristas resolvieron que los hermanos seguirán detenidos ante el peligro
de que intenten escapar —considerando el tiempo que estuvieron fugitivos— y la
posibilidad de que reciban una pena de prisión efectiva en caso de ser condenados. La figura penal
que les imputan tiene una pena de 3 a 6 años de prisión.
Los jueces Ernesto Pangia, Ramón Ríos y Elena Ramón rechazaron un planteo de la
defensa de los Camino que intentaba recusar a la jueza que los procesó, Raquel Cosgaya. Los
camaristas mantuvieron el procesamiento y sólo suprimieron el agravante por la intervención de
menores de edad. Consideraron que esa situación no está probada. La medida es un paso previo al
inicio de un juicio escrito en un juzgado de Sentencia rosarino donde los hermanos Camino serán
juzgados bajo la modalidad escrita.
Infundir temor. En una resolución de tres hojas, los camaristas plantearon que
los incidentes en el Coloso fueron especialmente graves y no deben minimizarse. Señalaron que si
bien basta el propósito subjetivo de intimidar para que se configure el delito, la conducta de los
hermanos "objetivamente infundió un temor generalizado en todas las personas que estaban en el
lugar".
"No cabe duda, a tenor de los gritos, agresiones, exhibición de armas y disparos
constatados, que la intención de sus autores estuvo dirigida a un claro efecto provocador",
expresaron los jueces, quienes refirieron las escenas de "llanto y pánico" de muchos de los socios,
de otros que trataban de esconderse y "hasta algunos que se arrojaron vestidos a la pileta".
Primarios y secundarios. El día de los desmanes, 19 personas fueron detenidas en
las inmediaciones y a una de ellas le secuestraron un arma de fuego, pero sólo dos de ellos fueron
procesados por la misma figura que los Camino. Como cómplices secundarios fueron procesados los
choferes de los dos colectivos contratados para intimidar.
Los jueces de la Cámara Penal plantearon que fue, según el relato de los
choferes, Juan Ramón Camino quien contrató a los vehículos sin explicitar el destino y luego les
dijo a los conductores que siguieran una moto conducida por él con destino al Coloso. También
señalaron diversos testimonios, entre ellos el de una empleada policial, que ubicaron a los
hermanos en el hecho.
Con estos argumentos desvirtuaron el planteo del abogado Carlos Varela, quien
sostenía que los simpatizantes habían ido al club a reempadronarse. "Nada permite inferir
razonablemente que quienes llegaron con palos, hachas, cuchillos y armas de fuego amenazando que
matarían a todos estuvieran animados de un propósito pacifista", dice la resolución, que en lo
concreto es como un trampolín al juicio para los hermanos Camino.