A pesar de vivir en la era de las comunicaciones, liderada por internet, la Afip sigue implementando trámites que tienen que ver con obligaciones presenciales. Por otro lado, cada vez son más polémicos respecto de lo personal de estos datos solicitados. La nueva norma a cumplimentar es la digitalización de los datos biométricos. ¿Qué es esto? Es la registración de manera digital de datos referentes a los contribuyentes; estos datos son la firma, foto, huella dactilar y el escaneo de DNI. ¿Quiénes deben hacerla? Todos los nuevos contribuyentes que se inscriban en el régimen general o en monotributo, ya sean personas físicas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas físicas o jurídicas que soliciten su inscripción y CUIT; los contribuyentes incorporados de oficio en el registro tributario; los contribuyentes que soliciten voluntariamente la toma de sus datos biométricos; quienes soliciten el blanqueo de la clave fiscal otorgada oportunamente y aquellos que modifiquen algún dato ya registrado. Los que ya se encuentran inscriptos tendrán que incorporar los nuevos requerimientos de acuerdo con el cronograma de fechas que posteriormente se establezca. ¿Dónde se realizan? En el momento de la inscripción en la agencia que corresponda a su dirección (recordemos que en Rosario son dos) y para cambiar algún dato se podrá realizar en cualquier agencia del país. ¿A partir de qué momento tiene efecto la registración de datos biométricos? No tendrá efectos hasta que el contribuyente ratifique los mismos por internet a través del servicio con clave fiscal "aceptación de datos biométricos". ¿Cómo gestionar una inscripción? Solicitar el número de CUI/T y la clave fiscal en la agencia que corresponde de acuerdo con el domicilio fiscal del contribuyente, completando el formulario manual 460 (F/J). Para esto debe presentarse el original y una copia del DNI y dos constancias que acrediten el domicilio fiscal del contribuyente: certificado de domicilio (personas físicas), acta de constatación notarial (empresas), fotocopia de facturas de servicios públicos, contrato de alquiler, escritura pública del inmueble o habilitación municipal (según normativa particular de cada agencia). Lo nuevo: registrar ante el personal de la Afip los datos biométricos del titular o representante legal (firma, huella dactilar y foto) y se escaneará el documento. Confirmar por internet desde la página web de la Afip la firma y la foto que ahí figuran. Ingresar al sistema registral por internet e informar las actividades económicas que se desarrollarán y darse de alta en los impuestos y/o regímenes por los que corresponda liquidar los impuestos. No olvidar: la Afip remitirá una notificación por correo con una clave que debe ser ingresada dentro de los 30 días a la página web para verificar el domicilio del contribuyente. Con esta nueva normativa se suman más obligaciones y trámites a los contribuyentes en el momento de la inscripción tributaria en forma presencial en la Afip y por internet.



































