Roberto Pimpi Camino, el ex conductor de la barra brava de Newell’s Old
Boys, fue condenado a tres años de prisión al ser declarado durante un juicio abreviado autor
intelectual de los violentos desmanes ocurridos en enero pasado en las instalaciones del club del
parque Independencia, pero por la tarde salió en libertad condicional. Eso último ocurrió porque,
según el Código Penal, los sancionados con penas de hasta tres años pueden ser excarcelados si
cumplieron un mínino de 8 meses de prisión. Es el caso de Camino, quien estuvo preso desde el 8 de
abril pasado.
Un espectador. El fallo condenatorio a Camino fue firmado por el juez de
Sentencia Luis Guiraudo. Los fundamentos de la resolución no trascendieron, pero según los abogados
defensores, el hincha leproso no tendría impedimento legal para ingresar al Coloso del Parque. "En
la parte resolutiva del fallo no se mencionan restricciones, por lo que Pimpi no tendría
impedimentos para ir a la cancha. Está en libertad condicional, una situación que se puede revertir
si fuera detenido por un delito, pero eso es algo contemplado en el Código Penal", consignó Adrián
Martínez, quien junto a Carlos Varela ejercieron la defensa del acusado.
Pimpi fue llevado a juicio junto a sus hermanos Alberto Tato y Juan Ramón bajo
el cargo de intimidación agravada por el uso de arma de fuego en concurso real (un delito
concatenado al primero) por daños. Sus familiares ya habían recibido a principios de octubre, en
proceso abreviado, una condena por la misma cantidad de años, de cumplimiento condicional, lo que
permitió a la defensa pedir las excarcelaciones.
El nuevo Código Procesal Penal que rige en la provincia permite para algunos
casos la realización del juicio abreviado. Consiste básicamente en un acuerdo entre las partes
(fiscalía y defensa) para la imposición de una sanción penal. Ese sistema permite llegar a una
condena firme en un breve lapso con el consiguiente ahorro no sólo de tiempo sino de recursos.
Pimpi, que estaba alojado en la Alcaidía de la Unidad Regional II, fue notificado sobre el mediodía
de ayer de la imposición de pena y del nuevo status de libertad condicional del que gozará.
El copamiento. Los incidentes ocurrieron el 26 de enero en el estadio del parque
Independencia. Ese día se realizaba un reempadronamiento de socios. En diciembre habían asumido las
nuevas autoridades del club tras las elecciones que terminaron con la administración de Eduardo J.
López. El recambio de comisión directiva también terminó expulsando a Pimpi del liderazgo de barra
leprosa. Aquella mañana, según lo que pudo reconstruir la justicia, un grupo de unas 50 personas
lideradas por Camino arribó al club en dos colectivos.
Para algunos el episodio se trató de una demostración de fuerza de Pimpi tras su
desplazamiento. Para otros, su grupo fue víctima de una emboscada de una facción contraria comanda
por los nuevos capos de la tribuna. Hubo golpes de puño, rotura de muebles y vidrios y hasta
disparos de arma de fuego. La refriega terminó con 21 detenidos, entre ellos dos menores que en
poco tiempo recuperaron la libertad.
La interpretación de la nueva comisión directiva es que el grupo produjo los
desmanes para dejar claro que pretendía proseguir como factor de poder en la institución.
A partir de las primeras actuaciones policiales, entre las que contaba la
declaración de una mujer policía que cumplía un servicio adicional en el Coloso, se determinó que
el instigador del enfrentamiento había sido Pimpi y entonces la Justicia ordenó su captura, a la
que se sumó la de dos de sus hermanos, Tato y Juan Ramón.
El hecho tuvo una derivación inesperada. El oficial de policía Juan Raffo, que
trabajaba en la Inspección de zona a la que pertenece la cancha, denunció a sus superiores porque
lo perseguían. Dijo que eso sucedía porque su labor había dejado expuesto al barrabrava y sus jefes
lo protegían.
Gran ciudad. Recién se pudo dar con el acusado el 8 de abril en Capital Federal.
Pimpi fue capturado en plaza Miserere. El 10 de junio, la Cámara Penal confirmó los cargos contra
los hermanos y los envió a juicio acusados de intimidación pública agravada por el uso de arma de
fuego y daños. El tribunal valoró que los tres debían responder por "graves incidentes que no
debían minimizarse".
Señalaron que si bien basta el propósito subjetivo de intimidar para que se
configure el delito, la conducta de los hermanos "objetivamente infundió un temor generalizado en
todas las personas que estaban en el lugar. No cabe duda, a tenor de los gritos, agresiones,
exhibición de armas y disparos constatados, que la intención de sus autores estuvo dirigida a un
claro efecto provocador", expresaron los jueces, quienes refirieron las escenas de "llanto y
pánico" de muchos de los socios, de otros que trataban de esconderse y "hasta algunos que se
arrojaron vestidos a la pileta".